Artículo 7º—Funciones
y obligaciones de LA CONTRALORÍA:
a) Impulsar y
verificar el cumplimiento de la efectividad de los mecanismos y procedimientos
de comunicación a LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES, de manera tal que les
permita contar con información actualizada en relación con los servicios que
ofrece MIDEPLAN, sus procedimientos y los modos de acceso.
b) Velar por el
cumplimiento de las directrices, los lineamientos y las acciones específicas
emitidas en materia de mejoramiento continuo e innovación de los servicios.
c) Presentar al
Jerarca de MIDEPLAN un plan anual de trabajo que sirva de base para evaluar el
informe anual de labores. Una copia de dicho plan deberá presentarse a LA
SECRETARÍA TÉCNICA a más tardar el 30 de noviembre de cada año.
d) Presentar a LA
SECRETARÍA TÉCNICA un informe anual de labores elaborado acorde con la “Guía
Metodológica para la elaboración del Informe Anual de Labores de las
Contralorías de Servicios”, el cual deberá tener el aval del Jerarca de MIDEPLAN.
Dicho informe será presentado durante el primer trimestre del año.
e) Elaborar y
proponer al Jerarca los procedimientos y requisitos de recepción, tramitación,
resolución y seguimiento de las gestiones (inconformidades, reclamos,
consultas, denuncias, sugerencias o felicitaciones) respecto de la forma o el contenido
con el que se brinda un servicio, presentadas por LAS PERSONAS USUARIAS O
GESTIONANTES ante LA CONTRALORÍA, respecto de los servicios que brinda MIDEPLAN.
Dichos procedimientos y requisitos deberán ser públicos, de fácil acceso y su
aplicación deberá ser expedita.
f) Atender, de
manera oportuna y efectiva, las gestiones (inconformidades, reclamos,
consultas, denuncias, sugerencias o felicitaciones) que presenten LAS PERSONAS
USUARIAS O GESTIONANTES ante LA CONTRALORÍA sobre los servicios que brinda
MIDEPLAN, con el fin de procurar la solución y orientación de las gestiones que
planteen, a las cuales deberá dar respuesta dentro de los plazos establecidos en
la normativa vigente.
g) Vigilar el
cumplimiento del derecho que asiste a LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES de
recibir respuesta pronta a gestiones referidas a servicios, presentadas ante
MIDEPLAN , todo dentro de los plazos establecidos en la normativa vigente.
h) Evaluar la
prestación de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas requeridas por LAS
PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES con discapacidad, en cumplimiento de la legislación
vigente en la materia.
i) Promover, ante
el Jerarca o ante las unidades administrativas, mejoras en los trámites y
procedimientos del servicio que se brinda, en coordinación con la Unidad de
Planificación y el Oficial de Simplificación de Trámites nombrado para ese
efecto por el Jerarca, de conformidad con la normativa vigente; lo anterior con
el fin de que ambos propongan las recomendaciones correspondientes y propicien
el mejoramiento continuo e innovación de los servicios que presta MIDEPLAN.
j) Emitir y dar
seguimiento a las recomendaciones dirigidas a la administración activa respecto
de los servicios que brinda MIDEPLAN con el fin de mejorar su prestación, en
búsqueda del mejoramiento continuo e innovación y de cumplimiento de las
expectativas de LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES. Si la jefatura respectiva
discrepa de dichas recomendaciones, dicha jefatura o LA PERSONA CONTRALORA
deberá elevar el asunto a conocimiento del Jerarca, para la toma de decisiones.
k) Mantener un
registro actualizado sobre la naturaleza y la frecuencia de las gestiones
presentadas ante LA CONTRALORÍA, así como de las recomendaciones y las acciones
llevadas a cabo por MIDEPLAN para resolver el caso y su cumplimiento o incumplimiento.
l) Informar al
Jerarca de MIDEPLAN cuando las recomendaciones realizadas por LA CONTRALORÍA
hayan sido ignoradas y, por ende, las situaciones que provocan inconformidades,
reclamos, consultas, denuncias o sugerencias en LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES
permanezcan sin solución.
m) Elaborar y
aplicar, al menos una vez al año, instrumentos que permitan medir la percepción
para obtener la opinión de LAS PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES sobre la calidad
de prestación de los servicios, grado de satisfacción y las mejoras requeridas;
para ello contará con los recursos y el apoyo técnico de las Áreas y Unidades
de MIDEPLAN.
n) Informar a LAS
PERSONAS USUARIAS O GESTIONANTES sobre los servicios que brinda LA CONTRALORÍA.
o) Realizar las
investigaciones internas preliminares, de oficio o a petición de parte, sobre
las fallas en la prestación de los servicios, con el fin de garantizar la
eficiencia de las gestiones de MIDEPLAN. Lo anterior, sin perjuicio de los procedimientos
administrativos que MIDEPLAN decida establecer para encontrar la verdad real de
los hechos y que LA CONTRALORÍA permita a LAS PERSONAS FUNCIONARIAS
involucradas brindar explicaciones sobre su gestión, así como proteger sus
derechos fundamentales.
p) Participar en
los diferentes Consejos Directivos, Comisiones de Trabajo u otros órganos a
nivel institucional, cuando la función de estos esté relacionada con la
prestación, evaluación y mejora continua de los servicios institucionales.