DIRECCIÓN GENERAL DE
SERVICIO CIVIL
AVISOS
DG-AV-007-2018.—Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil
ha emitido las siguientes resoluciones:
I.—DG-087-2018: Modificar la Escala de Sueldos de la Administración
Pública contenida en la Resolución DG-012-2018 del 7 de febrero del 2018,
revalorando en tres mil setecientos cincuenta colones (¢3.750,00) los salarios
base contenidos en la misma.
II.—DG-088-2018, DG-089-2018, DG-90-2018, DG-091- 2018, DG-092-2018,
DG-093-2018, DG-094-2018, DG-095-2018, DG-096-2018, DG-097-2018, DG-098-2018,
DG-099-2018, DG- 100-2018, DG-101-2018, DG-103-2018, DG-104-2018, DG-105- 2018,
DG-106-2018, DG-107-2018, DG-108-2018, DG-109-2018, DG-110-2018 DG-111-2018,
DG-112-2018, DG-113-2018, DG- 115-2018, DG-116-2018 y DG-118-2018: Por
medio de las que se delega en los funcionarios Encargados de Recursos
Humanos, como responsables designados en cada Institución, y en tanto
ocupen ese cargo, suscriban los distintos trámites y actos que esta
Dirección General debe aprobar en materia de Administración de Recursos
Humanos, todo ello en concordancia con lo que dispone la Resolución
número DG-347-2011 del 01 de julio de 2011, y su reforma, a excepción de
lo dispuesto en la Resolución número DG- 201-2014 del 14 de noviembre
del 2014, así como la aprobación de nombramientos y ascensos interinos
en plaza vacante, los cuales requerirán el aval de la instancia
pertinente de esta Dirección General.
III.—DG-110-2018, DG-120-2018 y DG-121-2018: Por medio de las que
se delega en Encargados de Recursos Humanos sustitutos, es decir en ausencia de
los titulares facultados, como responsables designados en cada Institución, y
en tanto ocupen ese cargo, suscriban los distintos trámites y actos que esta
Dirección General debe aprobar en materia de Administración de Recursos
Humanos, todo ello en concordancia con lo que dispone la Resolución número
DG-347-2011 del 01 de julio de 2011, y su reforma, a excepción de lo dispuesto
en la Resolución número DG- 201-2014 del 14 de noviembre del 2014, así como la
aprobación de nombramientos y ascensos interinos en plaza vacante, los cuales
requerirán el aval de la instancia pertinente de esta Dirección General.
Las mismas pueden consultarse de manera completa en la página web de la
Dirección General de Servicio Civil.
IV.—Acuerdo 002-2018-SC: Delegar la firma del Director General de
Servicio Civil en el señor Fabio Flores Rojas, portador de la cédula de
identidad N° 1-0490-093, quien en su condición de Director del Área de Carrera
Docente, firmará en adelante todas las resoluciones y trámites correspondientes
a la gestión de recursos humanos que se genere en el Título I y Título II del
Estatuto de Servicio Civil, quedando claro que en el Título I solamente le
corresponde lo referente al Ministerio de Educación Pública, a excepción de lo
que corresponde al Área de Reclutamiento y Selección de Personal.
V.—Acuerdo 003-2018-SC: Delegar la firma del Director General de
Servicio Civil en el señor José Joaquín Arguedas Herrera, cédula de identidad
N° 2-0306-0306, en su condición de Director del Área de Gestión de Recursos
Humanos, para que en adelante firme todas las resoluciones que se dicten con
motivo de la aplicación del artículo 4 incisos f) y g) del Estatuto de Servicio
Civil, así como los dictámenes técnicos que se emitan para la creación o
modificación de procedimientos propios de la Gestión de Recursos Humanos, con
excepción de lo referente al Ministerio de Educación Pública en el Título I.
VI.—Acuerdo 004(*)-2018-SC: Delegar la
firma del Director General de Servicio Civil en el señor Rómulo Castro Víquez,
portador de la cédula de identidad N° 4-0109-0294, quien en su condición de
Director del Área de Reclutamiento y Selección de Personal, para que en
adelante firme todas las resoluciones y documentos que se emitirán en materia
de reclutamiento, selección y pre ingreso en puestos cubiertos por el Sistema
de Méritos que están comprendidos tanto por el Título I como del Título IV del
Estatuto de Servicio Civil, específicamente lo dispuesto en los artículos 13
inciso b), 20, 21, 22, 23, 26, 27, 28 y 34 del Título I del Estatuto de
Servicio Civil y 9, 11, 12, 15, 21 y 119 de su Reglamento y del artículo 215
del Título IV del Estatuto de Servicio Civil y 6 y 8 de su Reglamento. Se
exceptúan los tramites que, en aplicación del inciso a) del artículo 20 del
Estatuto de Servicio Civil, del inciso c) del artículo 9 y 11 de su Reglamento,
que correspondan a puestos del Ministerio de Educación Pública.
(*) (Así reformado por resolución N° DG-AV-008-2018
del 4 de setiembre de 2018)
Publíquese.—6 de junio del 2018.