89
Artículo 89- Entre los fines culturales de la República
están: proteger las bellezas naturales, conservar y desarrollar el patrimonio
histórico y artístico de la Nación, y apoyar la iniciativa privada para el
progreso científico y artístico.
Todas las personas tienen derecho al deporte, a la
educación física y a la recreación. El Estado garantizará este derecho,
promoverá su universalización como medio eficaz para mejorar la salud y la
calidad de vida de la población y apoyará el desarrollo de las distintas
disciplinas deportivas en todos los niveles.
(Así reformado por el artículo único de la Ley
para la incorporación del Derecho Fundamental al Deporte y la Recreación, N°
10376 del 29 de noviembre de 2023)
|