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 Normativa >> Constitución Política 0 >> Fecha 07/11/1949 >> Articulo 76
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Normativa - Constitución Política 0 - Articulo 76
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Artículo 76
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76

TITULO VII

LA EDUCACION Y LA CULTURA

 

Capítulo Único

 

(Nota: En el texto original de la Constitución Política, el artículo 76 correspondía al tema de la religión. Empero, el artículo 1 de Ley No.5703 de 6 de junio de 1975 dispuso variar la numeración al antiguo artículo 76 (de la Religión), que pasó a ser el actual 75. Además, en su artículo 2 creó este nuevo artículo 76, referente al idioma oficial de la nación)

            ARTÍCULO 76.- El español es el idioma oficial de la Nación. No obstante, el Estado velará por el mantenimiento y cultivo de las lenguas indígenas nacionales.

(Así adicionado por el artículo 2 de Ley No.5703 de 6 de junio de 1975 y posteriormente reformado por el artículo 1º de la ley .7878 de 27 de mayo de 1999)

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