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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41293 >> Fecha 10/07/2018 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41293 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17°.- Debido proceso. Para establecer responsabilidades y sanciones a los funcionarios del SENASA, en todos los casos, se garantizarán los principios del debido proceso establecidos en la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 y el Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Agricultura y Ganadería y sus Órganos adscritos de Desconcentración Máxima y Mínima, N° 36765-MAG.


 

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