ARTICULO 11-Visitas
periódicas de la Contraloría de Servicios para efectos de información y
capacitación
La Contraloría de Servicios del Poder Judicial realizará visitas
periódicas a las comunidades indígenas del país, para informar a las personas
indígenas en el idioma de aquellas a quienes se dirija sobre sus derechos
específicos frente a la administración de justicia, para lo cual podrá hacerse
acompañar por las organizaciones sociales que estime necesarias.
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