Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 31/07/2018 >> Articulo 24
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 24     >>
Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 24
Ir al final de los resultados
Artículo 24
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 24°.-No se permite la unificación de tramos contiguos salvo los que a la fecha del presente reglamento ya existan. Queda prohibida además la pertenencia de más de un tramo en manos de un solo inquilino o bien algún pariente hasta el tercer grado de consanguinidad. Si hasta la fecha los tramos están unificados y no existe la autorización municipal correspondiente, seguirán siendo unidades separadas, esto también a efecto del pago del alquiler según el registro que lleva la Municipalidad de los mismos.


 

Ir al inicio de los resultados