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 Normativa >> Reglamento municipal 0 >> Fecha 31/07/2018 >> Articulo 32
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Normativa - Reglamento municipal 0 - Articulo 32
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Artículo 32
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CAPITULO VIII

Disposiciones Varias

Artículo 32°-. Las tarifas que se cobren en los Mercados por concepto de alquileres, serán fijadas por la Municipalidad de Puriscal, como precio mínimo de alquiler. Estos precios podrán ser modificados por las ofertas de los interesados en la adjudicación de los locales. Las recalificaciones y aumentos de alquileres se harán conforme a lo establecido en la Reforma 7027 a la Ley Sobre Arrendamientos de Locales Municipales del 1986.


 

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