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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41295 >> Fecha 31/05/2018 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41295 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Adiciónese un subinciso ix) al inciso c) del artículo 6 del Decreto Ejecutivo N° 37358-MAG del 28 de agosto del 2012, para que en lo sucesivo se lea así:

Artículo 6º—Obligaciones de los propietarios u ocupantes por cualquier título, de unidades de producción agrícola.

(…)

c) Todo propietario u ocupante por cualquier título que en su unidad de producción genere rastrojos, desechos o residuos de origen vegetal, debe realizar un Plan de Manejo de sus rastrojos, donde se contemplen las buenas prácticas agrícolas necesarias para evitar la proliferación de plagas en especial S. calcitrans.

En este Plan debe considerarse como mínimo lo siguiente:

c.ix- Acciones de contingencia y emergencia.

(…)

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