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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41344 >> Fecha 01/10/2018 >> Articulo 2
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41344 - Articulo 2
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Artículo 2    (No vigente*)
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Artículo 2.-Montos a cancelar por los propietarios de vehículos particulares categorías automóvil, carga liviana y carga pesada. Para el período de pago del seguro obligatorio de vehículos automotores del año dos mil diecinueve, los propietarios de vehículos particulares categoría automóvil, categoría carga liviana y categoría carga pesada, deberán cancelar como aporte al Consejo de Seguridad Vial, la suma de once mil ciento setenta y tres colones con cero céntimos (¢11.173,00).

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