Artículo 3º—Las instituciones enumeradas en el artículo 1 tendrán la
obligación de remitir trimestralmente a la Dirección General de Administración
de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, un listado
electrónico con el detalle de todas las contrataciones que se están realizando
mediante el SICOP, sea que se encuentren o no dentro del programa de
adquisiciones proyectado para cada período presupuestario.
|