Nº 41270-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite
b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 02 de mayo de
1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas;
su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006
y sus reformas; la Ley Nº 8764, Ley General de Migración y Extranjería de 19 de
agosto del 2009, en que se crea la Junta Administrativa de la Dirección General
de Migración y Extranjería; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio del
2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de marzo del 2017
y sus reformas.
Considerando:
1º—Que mediante la Ley Nº 8764, Ley General de Migración y Extranjería,
publicada en La Gaceta Nº 170 del 01 de setiembre del 2009 y sus
reformas, se crea la Dirección General de Migración y Extranjería como un
órgano de desconcentración mínima adscrito al Ministerio de Gobernación y
Policía; al cual le corresponde ejecutar la política migratoria que controla el
ingreso y egreso de personas al territorio nacional.
2º—Que mediante esta misma ley, se crea la Junta Administrativa de la
Dirección General de Migración y Extranjería, como órgano de desconcentración
mínima del Ministerio de Gobernación y Policía, con personalidad jurídica,
instrumental y presupuestaria, para administrar el presupuesto de la Dirección
General, el Fondo de Depósitos de Garantía, el Fondo Especial de Migración y el
Fondo Social Migratorio, creados mediante esta ley, así como el Fondo Nacional
contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes.
3º—Que mediante los oficios JAD-337-05-2018 de 15 de mayo del 2018 y
JAD-365-05-2018 de 23 de mayo del 2018, la Junta Administrativa de la Dirección
General de Migración y Extranjería mediante los acuerdos Nº 16 de la sesión
ordinaria del 09 de mayo del 2018 y el Nº 14 de la sesión ordinaria del 22 de
mayo del 2018, acuerdan solicitar la ampliación del gasto presupuestario máximo
para el año 2018, en un monto de ¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve
millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con
dieciocho céntimos), con el fin de atender la Transferencia de Capital al Fondo
de Fideicomiso del Fondo Especial de Migración, para que éste ejecute diferentes
proyectos sustantivos que se administran bajo la figura de Fideicomiso del
Fondo Especial. Dicha solicitud fue avalada por el Ministro de Gobernación y
Policía, en su carácter de Ministro Rector, por medio del oficio MSP-DM-74-2018
de 19 de junio del 2018.
4º—Que de dicho monto, corresponde ser ampliado por la vía del Decreto
Ejecutivo, la suma de ¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve millones
setecientos sesenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con dieciocho
céntimos), misma que será financiada en su totalidad con recursos provenientes
de superávit específico para atender la Transferencia de Capital al Fondo de
Fideicomiso del Fondo Especial de Migración, para proyectos como lo son: el
Sistema de Control Migratorio (SICOMI) y la dotación de equipos necesarios en
diferentes ámbitos de acción, referentes a la alimentación, hospedaje y
atención en salud de las personas migrantes en condición irregular, así como
también adquisiciones de equipos de transporte y mobiliario para la Policía
Profesional de Migración.
5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de marzo del 2017,
publicado en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo del 2017
y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política
Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para entidades
públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos
por
el ámbito de la
Autoridad Presupuestaria, para el año 2018, disponiéndose en el artículo 12,
que para las entidades públicas y órganos desconcentrados, el gasto
presupuestario máximo del año 2018, se establecerá con base en la proyección de
ingresos totales 2018 (corrientes, capital y financiamiento), definida por las
entidades públicas y órganos desconcentrados en coordinación con la Secretaría
Técnica de la Autoridad Presupuestaria (en adelante STAP). Para tal efecto, la
STAP utilizará como insumo la serie histórica de ingresos del periodo
2013-2016, así como la estimación de ingresos para los años 2017 y 2018, que suministren
las entidades y órganos desconcentrados a más tardar el último día del mes de
marzo del año 2017.
6º—Que en correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto
presupuestario máximo para el año 2018 resultante para el Junta Administrativa
de la Dirección General de Migración y Extranjería, fue establecido en la suma
de ¢10.182.290.000,00 (diez mil ciento ochenta y dos millones doscientos
noventa mil colones exactos), comunicado en oficio STAP-0610-2017 del 26 de
abril del 2017.
7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La
Gaceta Nº 130 de 06 de julio del 2005 y sus reformas, se emite el
“Lineamiento para la aplicación del artículo 6º de la Ley Nº 8131 de la
Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la
regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada
Financiamiento”.
8º—Que en relación con el superávit específico, el numeral 9º del
referido Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, posibilita la utilización de éste, para
el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones
especiales o legales aplicables a tales recursos.
9º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto
presupuestario máximo fijado a la Junta Administrativa de la Dirección General
de Migración y Extranjería para el año 2018, incrementándolo en la suma de
¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve millones setecientos sesenta y
cuatro mil quinientos diecisiete colones con dieciocho céntimos). Por tanto,
Decretan:
AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO MÁXIMO
PARA EL AÑO 2018 DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN
Y EXTRANJERÍA
Artículo 1º—Amplíese para la Junta Administrativa de la Dirección
General de Migración y Extranjería, el gasto presupuestario máximo para el año
2018, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de
marzo del 2017, publicado en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61 de 27 de
marzo del 2017 y sus reformas, incrementándolo en la suma de ¢7.809.764.517,18
(siete mil ochocientos nueve millones setecientos sesenta y cuatro mil
quinientos diecisiete colones con dieciocho céntimos).