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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41270 >> Fecha 14/08/2018 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41270 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 41270-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE HACIENDA

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18), y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227, Ley General de la Administración Pública de 02 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley Nº 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre del 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo Nº 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero del 2006 y sus reformas; la Ley Nº 8764, Ley General de Migración y Extranjería de 19 de agosto del 2009, en que se crea la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería; el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H de 29 de junio del 2005 y sus reformas; y el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de marzo del 2017 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que mediante la Ley Nº 8764, Ley General de Migración y Extranjería, publicada en La Gaceta Nº 170 del 01 de setiembre del 2009 y sus reformas, se crea la Dirección General de Migración y Extranjería como un órgano de desconcentración mínima adscrito al Ministerio de Gobernación y Policía; al cual le corresponde ejecutar la política migratoria que controla el ingreso y egreso de personas al territorio nacional.

2º—Que mediante esta misma ley, se crea la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, como órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Gobernación y Policía, con personalidad jurídica, instrumental y presupuestaria, para administrar el presupuesto de la Dirección General, el Fondo de Depósitos de Garantía, el Fondo Especial de Migración y el Fondo Social Migratorio, creados mediante esta ley, así como el Fondo Nacional contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes.

3º—Que mediante los oficios JAD-337-05-2018 de 15 de mayo del 2018 y JAD-365-05-2018 de 23 de mayo del 2018, la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería mediante los acuerdos Nº 16 de la sesión ordinaria del 09 de mayo del 2018 y el Nº 14 de la sesión ordinaria del 22 de mayo del 2018, acuerdan solicitar la ampliación del gasto presupuestario máximo para el año 2018, en un monto de ¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con dieciocho céntimos), con el fin de atender la Transferencia de Capital al Fondo de Fideicomiso del Fondo Especial de Migración, para que éste ejecute diferentes proyectos sustantivos que se administran bajo la figura de Fideicomiso del Fondo Especial. Dicha solicitud fue avalada por el Ministro de Gobernación y Policía, en su carácter de Ministro Rector, por medio del oficio MSP-DM-74-2018 de 19 de junio del 2018.

4º—Que de dicho monto, corresponde ser ampliado por la vía del Decreto Ejecutivo, la suma de ¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con dieciocho céntimos), misma que será financiada en su totalidad con recursos provenientes de superávit específico para atender la Transferencia de Capital al Fondo de Fideicomiso del Fondo Especial de Migración, para proyectos como lo son: el Sistema de Control Migratorio (SICOMI) y la dotación de equipos necesarios en diferentes ámbitos de acción, referentes a la alimentación, hospedaje y atención en salud de las personas migrantes en condición irregular, así como también adquisiciones de equipos de transporte y mobiliario para la Policía Profesional de Migración.

5º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de marzo del 2017, publicado en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo del 2017 y sus reformas, se emitieron las Directrices Generales de Política Presupuestaria, Salarial, Empleo, Inversión y Endeudamiento para entidades públicas, ministerios y órganos desconcentrados, según corresponda, cubiertos por

el ámbito de la Autoridad Presupuestaria, para el año 2018, disponiéndose en el artículo 12, que para las entidades públicas y órganos desconcentrados, el gasto presupuestario máximo del año 2018, se establecerá con base en la proyección de ingresos totales 2018 (corrientes, capital y financiamiento), definida por las entidades públicas y órganos desconcentrados en coordinación con la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria (en adelante STAP). Para tal efecto, la STAP utilizará como insumo la serie histórica de ingresos del periodo 2013-2016, así como la estimación de ingresos para los años 2017 y 2018, que suministren las entidades y órganos desconcentrados a más tardar el último día del mes de marzo del año 2017.

6º—Que en correspondencia con dicha disposición, el monto de gasto presupuestario máximo para el año 2018 resultante para el Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, fue establecido en la suma de ¢10.182.290.000,00 (diez mil ciento ochenta y dos millones doscientos noventa mil colones exactos), comunicado en oficio STAP-0610-2017 del 26 de abril del 2017.

7º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, publicado en La Gaceta Nº 130 de 06 de julio del 2005 y sus reformas, se emite el “Lineamiento para la aplicación del artículo 6º de la Ley Nº 8131 de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y la regulación de la clase de ingresos del Sector Público denominada Financiamiento”.

8º—Que en relación con el superávit específico, el numeral 9º del referido Decreto Ejecutivo Nº 32452-H, posibilita la utilización de éste, para el pago de gastos definidos en los fines establecidos en las disposiciones especiales o legales aplicables a tales recursos.

9º—Que por lo anterior, resulta necesario ampliar el gasto presupuestario máximo fijado a la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería para el año 2018, incrementándolo en la suma de ¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con dieciocho céntimos). Por tanto,

Decretan:

AMPLIACIÓN DEL GASTO PRESUPUESTARIO MÁXIMO

PARA EL AÑO 2018 DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA

Artículo 1º—Amplíese para la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, el gasto presupuestario máximo para el año 2018, establecido de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 40281-H de 13 de marzo del 2017, publicado en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61 de 27 de marzo del 2017 y sus reformas, incrementándolo en la suma de ¢7.809.764.517,18 (siete mil ochocientos nueve millones setecientos sesenta y cuatro mil quinientos diecisiete colones con dieciocho céntimos).

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