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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41383 >> Fecha 17/09/2018 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41383 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16°. - Publicación de convocatoria a asamblea. Para la designación del representante de las organizaciones no gubernamentales que trabajan con personas con problemas mentales o que se han recuperado, la STSM publicará un aviso en un diario de circulación nacional, sin perjuicio de otros mecanismos adicionales que se decidan utilizar, para convocar a asamblea a los representantes de las organizaciones no gubernamentales citadas, formalmente inscritos ante el Ministerio de Salud.

Dicha publicación se realizará con una antelación mínima de un mes e indicará la fecha límite para que los representantes de las organizaciones no gubernamentales, presenten ante la STSM, las solicitudes de inscripción y los requisitos señalados en el artículo 13 del presente reglamento. Asimismo, señalará la fecha, hora y lugar en que se efectuará la asamblea.


 

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