Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41383 >> Fecha 17/09/2018 >> Articulo 30
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 30     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 41383 - Articulo 30
Ir al final de los resultados
Artículo 30
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 30°. – Actas. De cada sesión de la Comisión Interinstitucional se levantará un acta, que incluirá el nombre de las personas asistentes, el lugar y el tiempo en que se celebró la reunión, los puntos principales de la deliberación, los resultados de la votación y el contenido de los acuerdos. Para tal efecto se elegirá de común acuerdo de la Comisión una persona integrante de la Comisión Interinstitucional por un periodo de dos años. Dicha acta, deberá ser remitida a la STSM, quien se encargará de comunicar los acuerdos y darles seguimiento.


 

Ir al inicio de los resultados