ARTÍCULO 3- Se autoriza al Sistema Nacional de Áreas de Conservación
(Sinac) el uso, para fines propios, de la madera aprovechable extraída del área
del embalse de almacenamiento río Piedras del Proyecto de Abastecimiento de
Aguapara la Cuenca Media del Río Tempisque y Comunidades Costeras (Paacume).
Asimismo, podrá autorizar la donación a los ministerios, sus órganos
desconcentrados, las instituciones autónomas y semiautónomas, los gobiernos
locales o las asociaciones de desarrollo integral, previa solicitud por escrito
ante el Área de Conservación Arenal Tempisque.
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