Buscar:
 Normativa >> Ley 9635 >> Fecha 03/12/2018 >> Articulo 11
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 11     >>
Normativa - Ley 9635 - Articulo 11
Ir al final de los resultados
Artículo 11    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 1  de 1

TRANSITORIO XI. El Ministerio de Hacienda coordinará con el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) la promulgación del decreto que contenga la nueva canasta básica tributaria, en un plazo no mayor de tres meses a partir de la publicación de la ley, hasta tanto no se publique una nueva canasta básica tributaria, de conformidad con lo dispuesto en esta ley, se mantendrá vigente la exoneración a la canasta básica tributaria y de bienes esenciales para la educación, contenida en el artículo 5 del Decreto Ejecutivo N.° 14082-H, de 29 de noviembre de 1982.


 

Ir al inicio de los resultados