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 Normativa >> Ley 9635 >> Fecha 03/12/2018 >> Articulo 37
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Normativa - Ley 9635 - Articulo 37
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Artículo 37
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(Nota de Sinalevi: Este artículo entrará a regir el primer día del ejercicio económico posterior a la aprobación del título I, es decir a partir del 1° de enero de 2020)

ARTÍCULO 37- Derogatoria de la asignación de la Ley N.° 6879, Ref. Timbre Educación Cultura Impuestos Exoneraciones Literatura

Se derogan los párrafos segundo y tercero de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N.° 6879, Ref. Timbre Educación Cultura Impuestos Exoneraciones Literatura, de 21 de julio de 1983.

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