Buscar:
 Normativa >> Ley 9635 >> Fecha 03/12/2018 >> Articulo 34
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 34     >>
Normativa - Ley 9635 - Articulo 34
Ir al final de los resultados
Artículo 34    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 1  de 1

TRANSITORIO XXXIV. El monto que se reconoce por concepto de dietas que se pagan a los miembros de las juntas directivas de las entidades públicas no aumentará durante los próximos dos años a partir de la aprobación de esta ley.


 

Ir al inicio de los resultados