(Nota de Sinalevi: Este artículo entrará a regir el primer día del ejercicio
económico posterior a la aprobación del título I, es decir a partir del 1° de
enero de 2020)
ARTÍCULO 35- Derogatoria de la asignación de la Ley N.°8764, Ley de
Migración y Extranjería
Se derogan los artículos 235 y 243 de la Ley N.° 8764, Ley General de
Migración y Extranjería, de 19 de agosto de 2009.
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