Artículo 8- Se autorizan las siguientes
modificaciones presupuestarias:
1) Se autoriza a la Municipalidad de Coto
Brus para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411,
código presupuestario 232 905 70104 346 280 2310 3310, por un monto de tres
millones trescientos diecisiete mil seiscientos ochenta y seis colones
(¢3.317.686) o el saldo que exista, destinado a “Mejoras al gimnasio multiusos
de Fila Guinea, distrito Gutiérrez Brown”, a fin de que se utilice para la
adquisición de mobiliario y equipo de oficina y cocina, para el gimnasio
multiuso de Fila Guinea.
2) Se autoriza a la Municipalidad de Buenos
Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°
9514, artículo 8. inciso 11, por un monto de dos millones de colones
(¢2.000.000) o el saldo que exista, destinado a “compra de equipo de cómputo
para las gestiones comunales que realiza la Municipalidad de Buenos Aires”, a
fin de que se utilice para la compra de equipo de cómputo para la Asociación de
Productores de Pueblo Nuevo de Potrero Grande.
3) Se autoriza a la Municipalidad de Upala
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411,
código presupuestario 232 901 70104 317 280 2310 3310, por un monto de dos
millones veintiún mil ciento cuarenta y dos colones (¢2.021.142) o el saldo que
exista, destinado a “construir una pista de patinaje enUpala centro, distrito
Upala”, a fin de que se utilice para la construcción de cunetas etapa N.° 01.
4) Se autoriza a la Municipalidad de Upala
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411,
código presupuestario 232 901 70104 339 280 2310 3120, por un monto de un
millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000) o el saldo que exista,
destinado a “mejoras a la infraestructura del salón comunal de Brasilia,
distrito Dos Ríos ”, a fin de que se utilice para pintura y detalles de
construcción de la capilla del Cementerio de Brasilia.
5) Se autoriza a la Municipalidad de Cartago
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691,
código presupuestario 203-044 70104 280 2310 3120 437, por un monto de cuatro
millones de colones (¢4.000.000) o el saldo que exista, destinado a “…Const. de
obras varias Dist. Del Carmen const. Casetilla p/guardia civil (San Blas-El
Carmen)”, a fin de que se utilice para la construcción de la malla protectora
entre la cancha de deportes y la escuela de San Blas.
6) Se autoriza a la Municipalidad de Cartago
para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:
Ley N.º 9103, código presupuestario 232 902 70104 567 001 2310 3120, por
un monto de seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres
colones (¢687.453) o el saldo que exista, destinado a “Ampliación de 94 metros
cuadrados del costado sur-oeste salón comunal de la Asociación de Desarrollo
Integral La Puebla Los Pardos y San Agustín, distrito Oriental”.
Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 60104 302 001 1310 3120, por
setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y tres colones (¢722.953) o el
saldo que exista, destinado a “Seguimiento de pintura del control comunal
Asociación de Desarrollo Integral de barrio Asís Cartago (A.D.I.B.A.C),
distrito Oriente”.
Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 70104 300 001 2310 2151, por
setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y tres colones (¢722.953) o el
saldo que exista, destinado a “Asfaltado de camino (servidumbre) de 300 mts
cuadrados frente a capilla católica de San Agustín, distrito Oriente”.
Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 70104 301 001 2310 2151, por
setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y dos colones (¢722.952) o el
saldo que exista, destinado a “Ampliación de proyectos de encunetados,
espaldones, rampas esquineras para facilitar el pago de personas con
discapacidad, sillas de ruedas, andaderas y muletas, etc, distrito oriente”.
Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 70104 303 001 2310 2220, por
setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y tres colones (¢722.953) o el
saldo que exista, destinado a “Entubamiento de aguas en urbanización González
Angulo primera etapa, distrito Oriente”.
Ley N.º 9289, código presupuestario 232 902 70104 202 280 2310 3120, por
un monto de seiscientos cincuenta mil novecientos noventa y un colones
(¢650.991) o el saldo que exista, destinado a “Construcción de 160 mts
cuadrados de planche de concreto en la zona verde del parqueo del salón comunal
de la Asociación de
Desarrollo Integral La Puebla de Los Pardos y
San Agustín, distrito Oriental”.
A fin de que se utilicen de la siguiente
manera:
Un millón doscientos
cincuenta mil colones (¢1.250.000) para la compra de un video beam,
equipo y materiales educacionales para el aula inteligente del salón comunal
del barrio Los Ángeles.
Dos millones doscientos mil
colones (¢2.200.000) para la compra e instalación de la cámara de seguridad
ubicada en la esquina sureste del estadio Fello Meza.
Setecientos ochenta mil
doscientos cincuenta y cinco colones (¢780.255) para la colocación de juegos
infantiles tipo play ground en el parque ubicado en la esquina sureste
del estadio Fello Meza 150 metros sur.
7) Se autoriza a la Municipalidad de Pococí
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166,
código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3320 789, por un monto de
treinta millones de colones (¢30.000.000) o el saldo que exista, destinado a
“concha acústica (Infraestructura y transporte de la Casa de Cultura de
Pococí)”, a fin de que se utilice para mejoras de la Casa para la Cultura de
Pococí.
8) Se autoriza a la Municipalidad de Pococí
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166,
código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3320 985, por un monto de diez
millones de colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinado a “Equipo de
sonido y luces (Infraestructura y transporte de la Casa de Cultura de Pococí)”,
a fin de que se utilice para la compra de equipo para la Casa de la Cultura de
Pococí.
9) Se autoriza a la Municipalidad de Pérez
Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°
9103, código presupuestario 232 900 70104 667 001 2310 2151, por un monto de un
millón setecientos cuarenta y seis mil doscientos ochenta y cinco colones
(¢1.746.285) o el saldo que exista, destinado a “Construcción puente vado
quebrada Julián Cordero, California, distrito Río Nuevo”, a fin de que se
utilice para la tercera etapa de cementado de la cuesta Aldemar, código
1-19-174 en Santa Lucía, Río Nuevo.
10) Se autoriza a la Municipalidad de
Oreamuno para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°
9411, código presupuestario 232-902 70104 258 280 2310 3120, por un monto de
tres millones doscientos treinta y nueve mil seiscientos noventa y nueve
colones (¢3.239.699) o el saldo que exista, destinado a “Cierre perimetral de
la Biblioteca de Cot, Distrito Cot”, a fin de que se utilice para el
mejoramiento de la calle Los Rodríguez con dirección calle costado noreste de
la Iglesia Católica del Distrito de Cot cien metros norte.
11) Se autoriza a la Municipalidad de Pérez
Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°
9341, código presupuestario 232 900 70104 369 280 2310 3120, por un monto de
cinco millones trescientos noventa y seis mil trescientos setenta y ocho
colones (¢5.396.378) o el saldo que exista, destinado a “Colocación de malla y
alambre de navaja al campo ferial de Pejibaye, distrito Pejibaye”, a fin de que
se utilice para mejoras para el redondel del campo ferial de Pejibaye.
12) Se autoriza a la Municipalidad de
Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°
9514, código presupuestario 232 905 70104 446 280 2310 3310, por un monto de
cinco millones veintinueve mil ochocientos cincuenta y cuatro colones
(¢5.029.854) o el saldo que exista, destinado a “Construcción de la primera
etapa de la malla perimetral de la plaza de deportes de la comunidad de San
Rafael Norte, distrito Corredores”, a fin de que se utilice para el entechado
de la canchita deportiva situada en el Liceo Rural de San Rafael Norte Bajo Los
Indios.
13) Se autoriza a la Municipalidad de Escazú
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341,
código presupuestario 232 900 70104 218 280 2310 3310, por un monto de cuatro
millones cuatrocientos cuarenta y seis mil veintiséis colones (¢4.446.026) o el
saldo que exista, destinado a “Mejoras al parque en Calle La Socola
(Cerramiento perimetral total del área del parque y construcción de senderos
internos), distrito San Rafael”, a fin de que se utilice para la compra de
instrumentos musicales para que sean distribuidos en las tres escuelas del
distrito de San Rafael de Escazú.
(Nota de Sinalevi:
Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consulta el Alcance
Digital N° 207 a La Gaceta N° 230 del 11 de diciembre de 2018, tomo E)
Dado en la Presidencia de la República, San
José a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.
Ejecútese y publíquese