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 Normativa >> Ley 9632 >> Fecha 28/11/2018 >> Articulo 8
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Normativa - Ley 9632 - Articulo 8
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Artículo 8
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Artículo 8- Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:

1) Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 905 70104 346 280 2310 3310, por un monto de tres millones trescientos diecisiete mil seiscientos ochenta y seis colones (¢3.317.686) o el saldo que exista, destinado a “Mejoras al gimnasio multiusos de Fila Guinea, distrito Gutiérrez Brown”, a fin de que se utilice para la adquisición de mobiliario y equipo de oficina y cocina, para el gimnasio multiuso de Fila Guinea.

2) Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, artículo 8. inciso 11, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000) o el saldo que exista, destinado a “compra de equipo de cómputo para las gestiones comunales que realiza la Municipalidad de Buenos Aires”, a fin de que se utilice para la compra de equipo de cómputo para la Asociación de Productores de Pueblo Nuevo de Potrero Grande.

3) Se autoriza a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 901 70104 317 280 2310 3310, por un monto de dos millones veintiún mil ciento cuarenta y dos colones (¢2.021.142) o el saldo que exista, destinado a “construir una pista de patinaje enUpala centro, distrito Upala”, a fin de que se utilice para la construcción de cunetas etapa N.° 01.

4) Se autoriza a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 901 70104 339 280 2310 3120, por un monto de un millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000) o el saldo que exista, destinado a “mejoras a la infraestructura del salón comunal de Brasilia, distrito Dos Ríos ”, a fin de que se utilice para pintura y detalles de construcción de la capilla del Cementerio de Brasilia.

5) Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 203-044 70104 280 2310 3120 437, por un monto de cuatro millones de colones (¢4.000.000) o el saldo que exista, destinado a “…Const. de obras varias Dist. Del Carmen const. Casetilla p/guardia civil (San Blas-El Carmen)”, a fin de que se utilice para la construcción de la malla protectora entre la cancha de deportes y la escuela de San Blas.

6) Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

Ley N.º 9103, código presupuestario 232 902 70104 567 001 2310 3120, por un monto de seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y tres colones (¢687.453) o el saldo que exista, destinado a “Ampliación de 94 metros cuadrados del costado sur-oeste salón comunal de la Asociación de Desarrollo Integral La Puebla Los Pardos y San Agustín, distrito Oriental”.

Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 60104 302 001 1310 3120, por setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y tres colones (¢722.953) o el saldo que exista, destinado a “Seguimiento de pintura del control comunal Asociación de Desarrollo Integral de barrio Asís Cartago (A.D.I.B.A.C), distrito Oriente”.

Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 70104 300 001 2310 2151, por setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y tres colones (¢722.953) o el saldo que exista, destinado a “Asfaltado de camino (servidumbre) de 300 mts cuadrados frente a capilla católica de San Agustín, distrito Oriente”.

Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 70104 301 001 2310 2151, por setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y dos colones (¢722.952) o el saldo que exista, destinado a “Ampliación de proyectos de encunetados, espaldones, rampas esquineras para facilitar el pago de personas con discapacidad, sillas de ruedas, andaderas y muletas, etc, distrito oriente”.

Ley N.º 9193, código presupuestario 232 902 70104 303 001 2310 2220, por setecientos veintidós mil novecientos cincuenta y tres colones (¢722.953) o el saldo que exista, destinado a “Entubamiento de aguas en urbanización González Angulo primera etapa, distrito Oriente”.

Ley N.º 9289, código presupuestario 232 902 70104 202 280 2310 3120, por un monto de seiscientos cincuenta mil novecientos noventa y un colones (¢650.991) o el saldo que exista, destinado a “Construcción de 160 mts cuadrados de planche de concreto en la zona verde del parqueo del salón comunal de la Asociación de

Desarrollo Integral La Puebla de Los Pardos y San Agustín, distrito Oriental”.

A fin de que se utilicen de la siguiente manera:

Un millón doscientos cincuenta mil colones (¢1.250.000) para la compra de un video beam, equipo y materiales educacionales para el aula inteligente del salón comunal del barrio Los Ángeles.

Dos millones doscientos mil colones (¢2.200.000) para la compra e instalación de la cámara de seguridad ubicada en la esquina sureste del estadio Fello Meza.

Setecientos ochenta mil doscientos cincuenta y cinco colones (¢780.255) para la colocación de juegos infantiles tipo play ground en el parque ubicado en la esquina sureste del estadio Fello Meza 150 metros sur.

7) Se autoriza a la Municipalidad de Pococí para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3320 789, por un monto de treinta millones de colones (¢30.000.000) o el saldo que exista, destinado a “concha acústica (Infraestructura y transporte de la Casa de Cultura de Pococí)”, a fin de que se utilice para mejoras de la Casa para la Cultura de Pococí.

8) Se autoriza a la Municipalidad de Pococí para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, código presupuestario 203 044-00 70104 280 2310 3320 985, por un monto de diez millones de colones (¢10.000.000) o el saldo que exista, destinado a “Equipo de sonido y luces (Infraestructura y transporte de la Casa de Cultura de Pococí)”, a fin de que se utilice para la compra de equipo para la Casa de la Cultura de Pococí.

9) Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 900 70104 667 001 2310 2151, por un monto de un millón setecientos cuarenta y seis mil doscientos ochenta y cinco colones (¢1.746.285) o el saldo que exista, destinado a “Construcción puente vado quebrada Julián Cordero, California, distrito Río Nuevo”, a fin de que se utilice para la tercera etapa de cementado de la cuesta Aldemar, código 1-19-174 en Santa Lucía, Río Nuevo.

10) Se autoriza a la Municipalidad de Oreamuno para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232-902 70104 258 280 2310 3120, por un monto de tres millones doscientos treinta y nueve mil seiscientos noventa y nueve colones (¢3.239.699) o el saldo que exista, destinado a “Cierre perimetral de la Biblioteca de Cot, Distrito Cot”, a fin de que se utilice para el mejoramiento de la calle Los Rodríguez con dirección calle costado noreste de la Iglesia Católica del Distrito de Cot cien metros norte.

11) Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 900 70104 369 280 2310 3120, por un monto de cinco millones trescientos noventa y seis mil trescientos setenta y ocho colones (¢5.396.378) o el saldo que exista, destinado a “Colocación de malla y alambre de navaja al campo ferial de Pejibaye, distrito Pejibaye”, a fin de que se utilice para mejoras para el redondel del campo ferial de Pejibaye.

12) Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, código presupuestario 232 905 70104 446 280 2310 3310, por un monto de cinco millones veintinueve mil ochocientos cincuenta y cuatro colones (¢5.029.854) o el saldo que exista, destinado a “Construcción de la primera etapa de la malla perimetral de la plaza de deportes de la comunidad de San Rafael Norte, distrito Corredores”, a fin de que se utilice para el entechado de la canchita deportiva situada en el Liceo Rural de San Rafael Norte Bajo Los Indios.

13) Se autoriza a la Municipalidad de Escazú para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, código presupuestario 232 900 70104 218 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y seis mil veintiséis colones (¢4.446.026) o el saldo que exista, destinado a “Mejoras al parque en Calle La Socola (Cerramiento perimetral total del área del parque y construcción de senderos internos), distrito San Rafael”, a fin de que se utilice para la compra de instrumentos musicales para que sean distribuidos en las tres escuelas del distrito de San Rafael de Escazú.

(Nota de Sinalevi: Por lo extenso de su contenido y tipo de formato consulta el Alcance Digital N° 207 a La Gaceta N° 230 del 11 de diciembre de 2018, tomo E)

Dado en la Presidencia de la República, San José a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.

Ejecútese y publíquese

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