DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
Informa:
Reglamento para el
pago de representación de la Dirección Nacional de Notariado
ACUERDO 2018-025-008
b) Aprobar el siguiente reglamento:
REGLAMENTO PARA EL PAGO DE GASTOS
DE REPRESENTACIÓN DE LA DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
El Consejo Superior Notarial, en uso de las atribuciones que le
confieren el artículo 103 inciso 1) de la Ley General de la Administración
Pública, los artículos 21 y 22 del Código Notarial, y:
Considerando:
I.—El artículo 1 del Reglamento para el pago de Gastos de Representación
en el Gobierno de la República y sus Órganos Adscritos Decreto Ejecutivo 32031
del 31 de marzo del 2004, establece las regulaciones para el reconocimiento de
gastos de representación en el Gobierno Central de la República y sus órganos adscritos.
II.—La Dirección Nacional de Notariado, por disposición del artículo 21
del Código Notarial, es un órgano de desconcentración máxima adscrito al
Ministerio de Justicia y Paz, por lo que debe observar las normas dispuestas en
el Decreto Ejecutivo 32031.
III.—Que de conformidad con la Ley 8131, Ley de la Administración
Financiera de la República y Presupuestos Públicos, la ejecución de los
recursos públicos debe estar enmarcada por los principios de economía,
eficiencia y eficacia.
IV.—Que mediante acuerdo 2018-025-010 tomado en la sesión ordinaria Nº
025-2018 celebrada el 25 de octubre de 2018, se aprobó el texto del Reglamento
de Gastos.
Instrucción para el reconocimiento de gastos
de representación de la Dirección
Nacional de Notariado
Artículo 1º—Normas regulatorias. Para regular la materia relativa
a gastos de representación en la Dirección Nacional de Notariado, deberán
observarse todas las disposiciones contenidas en el Reglamento para el pago de
Gastos de Representación en el Gobierno de la República y sus Órganos
Adscritos, Decreto Ejecutivo 32031 del 31 de marzo del 2004 y el Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.