Artículo 26.-
Sobre el Reporte de Operación de Gestor autorizado. Antes del 30 de marzo de
cada año, los Gestores autorizados deben de registrar en la plataforma SINIGIR,
la siguiente información contenida en sus reportes de operación:
a) Tipo de Movimiento.
b) Tipo de residuo.
c) Categoría, Subcategoría y detalles del residuo
d) Etapa de gestión.
e) Gestor autorizado.
f) Cantidad en toneladas de los residuos
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