Artículo 33.-
Información de registro. El generador de residuos peligrosos deberá registrar
la información del manifiesto, en la plataforma SINIGIR, el cual está basado en
el Anexo Nº 5 del Decreto Ejecutivo Nº 27001-MINAE del 29 de abril de 1998
"Reglamento para el manejo de los desechos peligrosos industriales" y
sus reformas.
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