Artículo 36.-
Sobre el trámite de registro. El usuario registrado por parte de la Municipalidad
o Concejo Municipal de Distrito correspondiente procede a registrar la
información del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos,
establecida en el artículo 22 del Decreto Ejecutivo Nº 37567-S-MINAET-H del 2
de noviembre del 2012 "Reglamento General a la Ley para la Gestión
Integral de Residuos" y sus reformas, ante la plataforma SINIGIR.
Asimismo, debe de adjuntar el documento que señale la aprobación por parte del
Concejo Municipal correspondiente, del Plan Municipal de Gestión Integral de
Residuos Sólidos.
Una vez
completado el registro, la plataforma SINIGIR lo notifica vía correo
electrónico a la Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito.
En caso de que
la Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito no reporte su Plan Municipal
de Gestión Integral de Residuos Sólidos, se marcará como no entregado y aparecerá
en el reporte de Municipalidades que no han registrado dicho Plan.
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