Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41525 >> Fecha 04/12/2018 >> Articulo 36
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 36     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 41525 - Articulo 36
Ir al final de los resultados
Artículo 36
Versión del artículo: 1  de 1

Artículo 36.- Sobre el trámite de registro. El usuario registrado por parte de la Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito correspondiente procede a registrar la información del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establecida en el artículo 22 del Decreto Ejecutivo Nº 37567-S-MINAET-H del 2 de noviembre del 2012 "Reglamento General a la Ley para la Gestión Integral de Residuos" y sus reformas, ante la plataforma SINIGIR. Asimismo, debe de adjuntar el documento que señale la aprobación por parte del Concejo Municipal correspondiente, del Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Una vez completado el registro, la plataforma SINIGIR lo notifica vía correo electrónico a la Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito.

En caso de que la Municipalidad o Concejo Municipal de Distrito no reporte su Plan Municipal de Gestión Integral de Residuos Sólidos, se marcará como no entregado y aparecerá en el reporte de Municipalidades que no han registrado dicho Plan.


 

Ir al inicio de los resultados