CAPÍTULO
IX
REQUISITOS
Y TRÁMITES PAR LA AUTORIZACIÓN DE
IMPORTACIÓN
DE
ARTÍCULOS DE MANEJO ESPECIAL
Artículo 47.-
Sobre los Requisitos. Solamente los entes generadores inscritos en unidades de
cumplimiento autorizados en la gestión de importación, pueden realizar los
trámites para obtener la autorización de importación de artículos de manejo
especial.
Dichos entes
generadores deben de poseer el permiso sanitario de funcionamiento vigente, el
cual será verificado en la plataforma SINIGIR.
Para el trámite
de autorización ante la plataforma SINIGIR, la unidad de cumplimiento debe de
registrar la siguiente información en dicha plataforma y adjuntar la
documentación indicada:
a) Número de cédula de identidad o DIMEX (libre condición), o número de
cédula jurídica
b) Unidad de cumplimiento a la que pertenece.
c) Periodo de la importación.
d) Detalles de los artículos a importar: tipo, nombre, cantidad, tipo
de medida (unidades)
e) Carta de solicitud de importación y factura.
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