Artículo 8.- Uso
de firma digital. Todos los actos con efectos jurídicos que se realicen por
medio de la plataforma SINIGIR, deben estar suscritos mediante firma digital
certificada, emitida al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 8454 del 30 de
agosto del 2005 "Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos
Electrónicos" y el Decreto Ejecutivo Nº 33018-MICIT del 20 de marzo del
2006 "Reglamento a la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos
Electrónicos". La firma digital certificada se empleará también como medio
de autenticación del usuario al iniciar sesión en la plataforma SINIGIR.
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