Artículo 2º—Definiciones y siglas.
Comisión: Es el conjunto
de personas que, bajo encargo de la ley o de una autoridad, ejerce ciertas competencias de manera permanente o temporal para atender en determinados asuntos. Plan Regulador: Es el instrumento que permite que la
ciudad y sus habitantes puedan
convivir en un cierto nivel de
armonía, a partir de establecer diversas disposiciones
relativas a los usos de suelo, zonificaciones, localizaciones del equipamiento urbano,
estacionamientos, estructura vial, limites urbanos,
densidades de habitantes y determinar la expansión de la ciudad
de acuerdo al crecimiento de esta y los planes de desarrollo establecidos en los otros niveles de acción
de la Planificación Urbana.
Órgano
Colegiado:
es un
órgano constituido
por una
pluralidad de personas naturales o representantes de entidades públicas, de la sociedad civil o instituciones intermedias con el fi de coordinar, deliberar y adoptar decisiones
que fortalezcan las políticas públicas en general. Siendo un órgano que forma parte de una entidad de la administración pública es un mecanismo jurídico colectivo que delibera y acuerda decisiones
democráticamente por consenso, unanimidad o mayoría,
los cuales expresan la voluntad unitaria respecto de un interés público.
Coordinador: Es quien realiza
actividades de planeación, organización, seguimiento de proceso y conducción de grupos de personas, en los que, ya sea individualmente, o en equipos, se tienen que desarrollar acciones para lograr propósitos
comunes.
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