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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41529 >> Fecha 19/01/2019 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41529 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11°.- Plazos de cumplimiento de la fases. Las fases señaladas en el artículo 8 del presente Decreto deberán ejecutarse en los siguientes a plazos:

a) Fase de priorización de proyectos: en el plazo de dos meses a partir de la publicación del presente decreto.

b) Fase de calendarización: en el plazo de un mes a partir de la finalización de la fase señalada en el inciso a).

c) Fase de ejecución, en el plazo de dos años a partir de la finalización de la fase señalada en el inciso b):

a. Corto Plazo: los proyectos así clasificados deberán estar concluidos.

b. Mediano Plazo: los proyectos así clasificados deberán estar al menos iniciando fase de ejecución.

c. Largo Plazo: los proyectos así clasificados deberán estar al menos en fase de planificación.


 

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