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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41641 >> Fecha 09/04/2019 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41641 - Articulo 10
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Artículo 10
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Artículo 10º.—Determinación de la tasa de crecimiento del gasto corriente El Ministerio de Hacienda definirá, en coordinación con la Presidencia de la República, la tasa de crecimiento del gasto corriente presupuestario, la cual no podrá superar el techo establecido según los rangos indicados en el artículo 11 del Título IV de la Ley aquí reglamentada, según la situación de las finanzas públicas del país. Dicha tasa regirá para la formulación de los presupuestos del año siguiente.


 

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