Artículo 24º.—Asignación presupuestaria En cumplimiento del artículo 24 del
Título IV de la Ley aquí reglamentada, las asignaciones presupuestarias
que no corresponden a destinos específicos legales, se realizarán de
acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 23 de ese mismo Título,
aunque dicha asignación no podrá ser inferior al monto establecido en el
Presupuesto actualizado 2018.
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