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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41641 >> Fecha 09/04/2019 >> Articulo 9
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41641 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9°.- No presentación de la información de los presupuestos del periodo siguiente. En caso de que las entidades y órganos del SPNF no presenten la información indicada en el artículo inmediato anterior y se venza el plazo estipulado en el artículo 19 del Título IV de la Ley No. 9635, a saber, el último día hábil del mes de octubre de cada año, para que la STAP emita la certificación respectiva del cumplimiento de la Regla Fiscal en los presupuestos, la STAP le informará a la CGR sobre las entidades que incumplan con lo establecido en el referido artículo y, que por tal motivo, no le fue posible a la STAP verificar el cumplimiento de la regla fiscal según lo establecido en el artículo 11 del Título supra citado.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 42745 del 19 de noviembre del 2020)

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