MUNICIPALIDAD
DE ACOSTA
El Departamento
de Bienes Inmuebles y valoración, mediante el Acuerdo número 12 y la Resolución
Administrativa N° 116-2018 del Concejo de la Municipalidad de Acosta:
La adhesión al
documento Manual de Valores Base Unitarios por Tipología Constructiva 2017,
publicado por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda en
el alcance digital número 288 del Diario Oficial La Gaceta de fecha 29
de noviembre del 2017; así como todos los adendums que el Órgano de Normalización
Técnica emita con el objeto de corregir y/o aclarar los contenidos de dicho
manual para efectos en lo indicado en la Ley 7509 y sus reformas, su vigencia
será a partir de su publicación.
Conforme a las
disposiciones y competencias que mantiene esta Alcaldía Municipal, delegadas
por el Código Municipal así como el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y por la jurisprudencia administraba y jurisdiccional, ésta
Alcaldía Municipal conforme a lo que disponen los numerales de la Ley de
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Nº 7509 y sus reformas, que dictan en lo que
interesan:
Artículo
3º—Competencia de las municipalidades Para efectos de este impuesto, las
municipalidades tendrán el carácter de administración tributaria. Se encargarán
de realizar valoraciones de bienes inmuebles, facturar, recaudar y tramitar el
cobro judicial y de administrar, en sus respectivos territorios, los tributos
que genera la presente Ley.
|