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 Normativa >> Ley 7202 >> Fecha 24/10/1990 >> Articulo 56
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Normativa - Ley 7202 - Articulo 56
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Artículo 56
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56 Artículo 56.-

Las instituciones privadas y los particulares podrán organizar sus archivos con el asesoramiento de la Dirección General del Archivo Nacional y, si lo desean, esos archivos formarán parte del Sistema Nacional de Archivos.

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