Artículo 6º—Facultades de los funcionarios para emitir y hacer
cumplir órdenes. Los funcionarios municipales mencionados en el artículo 3
de este reglamento, están facultados por el ejercicio de su cargo para emitir
órdenes a los contribuyentes y velar por su fiel cumplimiento. Además, están
facultados para hacer cumplir las órdenes que emanan de otros funcionarios
municipales y que se les encarga de ejecutar.
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