Artículo 3.- Lugar de realización del hecho generador.
De conformidad con el artículo 1° de la Ley, se
establece un Impuesto sobre el Valor Agregado en la venta de bienes y en la
prestación de servicios, independientemente del medio por el que sean prestados
y que se realicen o consuman en el territorio nacional.
1) Por venta de
bienes realizados en el territorio nacional, se entenderán las importaciones y las
ventas locales de bienes, así como aquellos en los que el contribuyente
adquiere de parte de un proveedor no domiciliado en el territorio nacional, un
bien intangible que es consumido en el territorio nacional.
En el caso de
las importaciones e internamiento de bienes, están sujetas cualquiera que sea
el fin a que se destinen y la condición del importador, para su uso o consumo
en el país.
2) Por
prestación de servicios realizados en el territorio nacional, se entenderán los
que se presten o consuman en el territorio nacional, así como aquellos en los
que el contribuyente adquiere de parte de un proveedor no domiciliado en el
territorio nacional, un servicio que es utilizado en el territorio nacional.
3) A los efectos
de este impuesto, el autoconsumo se entenderá conforme a lo establecido en el
numeral 3) del artículo 1 de este Reglamento.
4) Los servicios
de transporte que se citan a continuación, se entenderán prestados en el territorio
nacional y serán gravados tal y como este se define en el artículo 1 Apartado
B) Inciso iv), subincisos a) y b) de la Ley:
a. Los de
transporte terrestre de pasajeros y bienes: por la parte del trayecto que discurra
por el territorio nacional.
b. Los de
transporte marítimo y aéreo de pasajeros o bienes, cuando el mismo sea originado
en el territorio de la República.
c. La venta de
bienes o prestación de servicios que se efectúen en los vehículos,embarcaciones
o aeronaves, seguirán el mismo tratamiento tributario del transporte en
cuestión, siempre y cuando estén vinculados con el servicio de transporte.
5) De igual
manera, se entenderán realizados dentro del territorio nacional todos los servicios
relacionados con bienes inmuebles situados en el territorio nacional.