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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41779 >> Fecha 07/06/2019 >> Articulo 16
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41779 - Articulo 16
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Artículo 16    Tipo: Transitorio
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Transitorio XVI.- En el tanto la Administración Tributaria no disponga de un sistema exoneración previa o de devolución automática, los proveedores de la Caja Costarricense del Seguro Social, así como los de las Corporaciones Municipales podrán solicitar ante la Dirección General de Hacienda, órdenes especiales de compra sin el previo pago del IVA, para realizar las adquisiciones necesarias para las operaciones con dichas instituciones.


 

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