Artículo 21. Disponibilidad. La plataforma digital estará disponible
veinticuatro horas al día los siete días de la semana, excepto cuando ocurra
alguna de las siguientes situaciones:
a) caso fortuito.
b) fuerza mayor.
c) hechos de terceros.
d) soporte y
mantenimiento de las instituciones.
En los supuestos comprendidos en los incisos a), b) y c) la Administración
no es responsable por las interrupciones o suspensiones del servicio. En caso
del inciso d), la suspensión de la disponibilidad del Sistema se informará con
la debida antelación y cumpliendo los niveles de servicio establecidos. Las
plataformas electrónicas de las diversas instituciones públicas que se
interconecten con las instituciones administradoras, están disponibles según el
horario establecido por cada entidad. Asimismo, las actuaciones de los
funcionarios públicos se ejecutarán de acuerdo con el horario establecido por
el Ministerio de Ambiente y Energía, excepto cuando ocurra alguna de las
situaciones indicadas en los incisos citados anteriormente en el presente
artículo.
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