Artículo 20.- Del acceso a la plataforma informática del SNE. Para tener acceso a
la plataforma informática, las personas usuarias deberán aceptar un acuerdo de
uso, confidencialidad y consentimiento informado de acuerdo con la Ley No. 8968
del 07 de julio de 2011 “Ley de Protección de la Persona frente al
tratamiento de sus datos personales”. Asimismo, la Agencia Nacional de
Empleo será la responsable de determinar los niveles de seguridad y accesibilidad
de acuerdo con los perfiles de usuarios que utilicen la plataforma.
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