Artículo 25.-
Revisión en el Departamento de Gestión de Exenciones.
El Departamento
de Gestión de Exenciones revisará la conformidad de la solicitud con la
legislación respectiva y emitirá la autorización de exención o de aplicación de
la tarifa reducida, y resolverá de conformidad con lo establecido en el
artículo 102 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
(Corrida su
numeración por el artículo 1° de la resolución N° DGT-DGH-R-043-2019 del 24 de
julio del 2019, que lo traspasó del antiguo artículo 17 al 25)
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