Artículo 2°.- Definiciones Para los
efectos de la presente directriz, se tendrán las siguientes definiciones:
1. Accesibilidad: son las medidas adoptadas,
por las instituciones públicas y privadas, para asegurar que las personas con
discapacidad tengan acceso, en igualdad de condiciones con los demás, al
entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos
los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones y a otros
servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público. Estas medidas incluyen
también la identificación y eliminación de dichas barreras.
2. CONAPDIS: Consejo Nacional de
Personas con Discapacidad.
3. Discapacidad: condición que resulta de la
interacción entre las personas con deficiencias físicas, psicosociales,
intelectuales o sensoriales a largo plazo y las barreras debidas a la actitud y
el entorno, que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en
igualdad de condiciones con las demás.
4. Diseño Universal: diseño de
productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas,
en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación posterior ni diseño especializado;
para garantizar su accesibilidad e inclusividad.
5. Nivel de conformidad A (mínimo): implica
que la página web satisface todos los Criterios de Conformidad del Nivel A, o
proporciona una versión alternativa conforme al Nivel A, según se define en las
Guías de Accesibilidad para el Contenido Web emitidas por la World Wide Web Consortium.
6. Nivel de conformidad AA: implica
que la página web satisface todos los Criterios de Conformidad de los Niveles A
y AA, o proporciona una versión alternativa conforme al Nivel AA, según se
define en las Guías de Accesibilidad para el Contenido Web emitidas por la World Wide Web Consortium.
7. Nivel de conformidad AAA: implica
que la página web satisface todos los Criterios de Conformidad de los Niveles
A, AA y AAA, o proporciona una versión alternativa conforme al Nivel AAA, según
se define en las Guías de Accesibilidad para el Contenido Web emitidas por la World Wide Web Consortium.
8. MICITT: Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Telecomunicaciones.
9. Página web: es un documento
electrónico que puede contener texto, imágenes, videos o sonidos, la cual puede
ser visualizada utilizando un navegador web, y generalmente cumple con el estándar
HTML o XHTML, ambos creados por la W3C.
10. Sector Público de Primer Nivel: incluye
todos los Poderes de la República (Legislativo Ejecutivo- Judicial), el
Organismo Electoral (Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil), la Contraloría
General de la República y la Defensoría de los Habitantes.
11. Sector Público de Segundo Nivel: corresponde
al Sector Descentralizado Institucional que abarca las instituciones autónomas
y semiautónomas, las empresas públicas estatales, las empresas públicas no estatales,
los entes públicos no estatales (caso de los colegios profesionales, así como
otras entidades que señala la norma vigente) y entes administradores de fondos
públicos.
12. Sector Público de Tercer Nivel: incluye
el Sector Descentralizado Territorial que comprende todas las municipalidades
del país y sus órganos adscritos (los concejos municipales de distrito, y los
órganos municipales).
13. Sitio web: es un conjunto de
archivos y páginas web a las que se puede acceder mediante un nombre de dominio
único.
14. TIC: Tecnologías de la
Información y Comunicaciones.
15. WCAG: Web Content Accessibility
Guidelines o Guías de Accesibilidad
para el Contenido Web.
16. W3C: World Wide Web Consortium. Comunidad internacional que desarrolla estándares
abiertos para asegurar el crecimiento a largo plazo de la Web.