Artículo 2°—Definiciones.
Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
Organización
comunal: Grupo de
munícipes, representantes de una comunidad, que se manifiestan mediante organizaciones
de diversa índole, a nivel local y cuyo fin es la coordinación de esfuerzos
para el logro de objetivos comunes.
Asamblea
general de vecinos y vecinas: La reunión pública y abierta de vecinos y vecinas de una comunidad,
convocada por el Concejo de Distrito, ante solicitud de los vecinos
interesados, u otro tipo de organización de interés público, a través de los
medios de comunicación locales apropiados como radio, televisión, carteles,
invitaciones, redes sociales u otros pertinentes, cuya finalidad es legitimar
la existencia y funcionamiento del comité de caminos.
Comité de
Caminos: Grupo de vecinos y
vecinas elegidos /as en asamblea general de vecinos (as) y juramentados por el
Concejo de Distrito de su jurisdicción, en primera instancia o eventualmente
por el Concejo Municipal del cantón y que en forma voluntaria se organizan para
contribuir con las labores de planificación y presentación de prioridades ante
el consejo de distrito correspondiente, así como trabajar conjuntamente con la
municipalidad u otros órganos competentes, en la ejecución de las tareas
relacionadas con el desarrollo y la conservación vial de la jurisdicción que
determine el número de camino correspondiente, bajo la modalidad participativa
de ejecución de obras.
Red vial cantonal:
Está constituida por la red
de calles y caminos públicos que no forman parte de la Red Vial Nacional y cuya
administración es responsabilidad municipal en lo que corresponde.
Concejo de
Distrito: son órganos
municipales de carácter consultivo e informativo destinados a la participación
de los ciudadanos y las ciudadanas en los asuntos relacionados con sus
distritos y a garantizar la representación de los intereses de los diversos
barrios de la ciudad.
Órgano competente
de nombrar y juramentar los comités de caminos, de su territorio, dejarse
constancia por escrito de su acto y mediante un documento elaborado para tal
efecto remitir Concejo Municipal, donde se indique número de sesión, número de
artículo del acuerdo, nombre de los miembros de la junta directiva, con el
nombre y número de camino juramentado, para que sean incluidos en los acuerdos
del concejo municipal en la agenda correspondiente de informes de los consejos
de distrito.
Concejo
Municipal: El Concejo
Municipal de San Carlos.
Conservación
vial: Es el conjunto de
actividades destinadas a preservar, en forma continua y sostenida el buen
estado de las vías, de modo que se garantice un óptimo servicio al usuario
(as). La conservación vial comprende el mantenimiento rutinario, periódico y la
rehabilitación de los diferentes componentes de la vía: derecho de vía, sistema
de drenaje, puentes, obras de arte y la base de la vía o pavimento, sea está a
base de asfalto, concreto hidráulico, lastre o tierra.
Junta Vial
Cantonal: es un órgano
nombrado por el Concejo Municipal, ante quien responde por su gestión. Es un
órgano asesor de consulta en la planificación y evaluación en materia de
gestión vial en el cantón y de servicio vial municipal.
Modalidad
participativa de ejecución de obras: Se le conoce también como “conservación vial participativa” y se refiere
a la coordinación y cooperación que se establece entre la municipalidad, el
gobierno central, las organizaciones comunales y la sociedad civil de un
cantón; con la finalidad de planificar, ejecutar, controlar y evaluar obras de
diversa índole, contempladas dentro de la conservación y construcción vial, en
el entendido de que la ejecución de recursos no implica el traslado horizontal
de los mismos de una organización a otra. Su aplicación contribuye a garantizar
la sostenibilidad de las vías, ya que además de los recursos del gobierno y la
municipalidad, permite incorporar los valiosos aportes de las comunidades y la
sociedad civil en general, en efectivo o en especie. Esta modalidad, requiere acompañar
las obras técnicas con otros elementos como organización, capacitación,
promoción y control social, que motiven el interés de los usuarios, la
cooperación y la solidaridad.
Unidad Técnica
de Gestión Vial Municipal: es
la dependencia que tendrá a su cargo el servicio de gestión de caminos
cantonales en el gobierno local; fungirá como secretaría técnica de la Junta
Vial cantonal. De ser posible contará al menos con un ingeniero (a) de caminos,
un (a) técnico asistente, y un (a) promotor (a) social. Su operación y
financiamiento se incluirá dentro del Plan Operativo Anual de la municipalidad,
en carácter de servicio de gestión vial.
Rehabilitación:
Reparación selectiva y
refuerzo del pavimento de la calzada, previa demolición parcial de la
estructura existente, con el objeto de restablecer la solidez estructural y la
calidad de ruedo originales. Considera también la construcción o reconstrucción
de los sistemas de drenaje. Antes de cualquier rehabilitación en la superficie
de ruedo, deberá verificarse que el sistema de drenaje funcione bien. En el
caso de los puentes y de las alcantarillas mayores, la rehabilitación comprende
las reparaciones mayores tales como el cambio de elementos o componentes
estructurales principales, el cambio de la losa del piso, la reparación mayor
de los bastiones, delantales u otros. En el caso de muros de contención se
refiere a la reparación o cambio de las secciones dañadas o a su reforzamiento,
posterior al análisis de estabilidad correspondiente.
Mantenimiento
rutinario: Es el conjunto
de actividades que deben ejecutarse con mucha frecuencia durante todo el año,
para preservar la condición operativa de la vía, su nivel de servicio y la
seguridad de los usuarios.
Mantenimiento
periódico: Es el conjunto
de actividades programables cada cierto periodo, tendientes a renovar la
condición original de los pavimentos mediante la aplicación de capas
adicionales de lastre, grava, tratamientos superficiales, sellos o recarpeteos
asfálticos, según sea el caso, sin alterar la estructura subyacente a la capa
de ruedo, así como la restauración de taludes de corte y de relleno y del
señalamiento en mal estado.
El mantenimiento
periódico de los puentes incluye la limpieza, pintura, reparación o cambio de
los componentes estructurales o de protección, así como la limpieza del cauce
del río o quebrada, en las zonas aledañas.
Mantenimiento
mecanizado: Se compone de
labores como la conformación, el re-lastrado y la compactación de la superficie
de ruedo. En estas labores se utiliza maquinaria pesada (cargador,
motoniveladora, tractor, vagonetas y compactador).
Mantenimiento
manual: Entiéndase por
éstas: descuaje, desmonte, chapea, limpieza de cunetas y contra cunetas,
limpieza de alcantarillas, limpieza de cabezales, limpieza de canales de
salida, confección de canales transversales o sangrías, bacheo en lastre.
Mejoramiento: Es el conjunto de mejoras o modificaciones
de los estándares horizontal y/o vertical de los caminos, relacionadas con el
ancho, el alineamiento, la curvatura o la pendiente longitudinal, a fin de
incrementar la capacidad de la vía, la velocidad de circulación y aumentar la
seguridad de los vehículos. También se incluyen dentro de esta categoría, la
ampliación de la calzada, el cambio del tipo de superficie de tierra a lastre o
de lastre a asfalto, entre otros, y la construcción de estructuras tales como
alcantarillas mayores, puentes o intersecciones.
Municipalidad:
Municipalidad de San
Carlos.