TRANSITORIO
IV.
Los
contribuyentes del impuesto sobre el valor agregado y productores exclusivos de
bienes agropecuarios contenidos en la Canasta Básica Tributaria o de las
materias primas indispensables para la producción de dichos bienes, por una única
vez, presentarán a más tardar el 15 de octubre de 2019, la declaración del
impuesto sobre el valor agregado, correspondiente a los periodos de juIio,
agosto, y setiembre 2019.
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