114
Artículo 114.- Modifícanse los artículos 1º y 4º de la ley Nº 4609
del 20 de julio de 1970, cuyos textos dirán:
"Artículo 1º.- Se declara de interés nacional el funcionamiento del
Colegio Vocacional de Artes y Oficios de la Ciudad de Cartago (COVAO), que
es parte del Hospicio de Huérfanos de esa ciudad y que como tal goza de
autonomía reconocida por el Estado."
"Artículo 4º.- Corresponde a la Junta Administrativa del Colegio
Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, el nombramiento y remoción del
personal docente y administrativo del colegio, conforme con las normas
establecidas por el Servicio Civil y las complementarias que dicte el
Ministerio de Educación Pública."
|