Artículo 7. Se excluye de este reglamento las obras de
tipo: cambio de instalación eléctrica, datos y telefonía, construcción de muro
de contención, cambio del sistema pluvial o sanitario, cambio de estructura de
techo, paredes estructurales de una casa, edificación, comercio o industria y
colocación de un rotulo publicitario en un elemento estructural de una
industria o comercio. Estas obras deben contar con un profesional responsable
activo ante el CFIA. En el caso de las demoliciones, movimientos de tierra y
rellenos quedará sujeto al criterio técnico del Departamento de Desarrollo de
Control Urbano.
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