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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41851 >> Fecha 18/07/2019 >> Articulo 15
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41851 - Articulo 15
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Artículo 15
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Artículo 15º -Rige dos meses a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencial de la República.-San José, a los once horas del día dieciocho de julio de dos mil diecinueve.

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