Artículo 13.-
Conservación de ecosistemas de coral. El MINAE, como ente rector en esta materia, a través del SINAC, deberá
realizar los esfuerzos necesarios para incrementar la integridad ecológica de
los ecosistemas de coral, con el fin de conservar sus servicios ecosistémicos a
nivel nacional, con pertinencia sociocultural, de acuerdo con el marco jurídico
vigente.
Además, fomentará
y articulará esfuerzos mediante la gobernanza y participación de instituciones
científícas, académicas, no gubernamentales y privadas; para el diseño, implementación
y financiamiento de programas integrales para la educación ambiental, investigación,
prevención y control, y rehabilitación, con la participación de sus
funcionarios en las áreas de conservación donde se desarrollen proyectos.
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