Transitorio
IV. Los planes directores
de las Unidades de Gobemanza Marina deberán estar
aprobados y en implementación en un plazo máximo de seis meses desde la
conformación de los comités de las Unidades de Gobemanza
Marina.
Dado en la provincia
de Puntarenas, a los ocho días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
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