Buscar:
 Normativa >> Ley 9711 >> Fecha 24/07/2019 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4     >>
Normativa - Ley 9711 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4
Versión del artículo: 1  de 1

ARTÍCULO 4-Se autorizan las siguientes modificaciones presupuestarias:

1. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9341, artículo 9, inciso 33, por un monto dediecisiete millones de colones (¢17.000.000), o el saldo que exista, destinado “para compra de terreno y construcción de oficina Asada Cebadilla”, a fin de que se utilice de la siguiente manera:

• Once millones seiscientos ochenta y tres mil setecientos treinta y seis colones con noventa y tres céntimos (¢11.683.736,93) para compra de tuberías para asada Cebadilla.

• Cinco millones trescientos dieciséis mil doscientos sesenta y tres colones con siete céntimos (¢5.316.263,07) para contratación de maquinaria para zanjeo para colocación de tuberías.

2. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8562, código presupuestario 203-054 70104 001 2310 3310 602, por un monto de veinte millones de colones (¢20.000.000), o el saldo que exista, destinado a “construcción e iluminación de cancha de fútbol en polideportivo de las Juntas de Abangares”, a fin de que se utilice para la construcción de cerca perimetral y mejoras en el terreno del polideportivo de las Juntas de Abangares.

3. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, artículo 9, inciso 26, párrafo noveno, por un monto de siete millones trescientos sesenta y tres mil doscientos ochenta y un colones (¢7.363.281), o el saldo que exista, destinado a “Construcción de la primera etapa del templo católico de Bijagual”, a fin de que se utilice para mejoras y compra de equipo y mobiliario para el templo católico de Bijagual.

4. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 905 70104 377 280 2310 3340, por un monto de un millón seiscientos mil colones (¢1.600.000), o el saldo que exista, destinado a “restauración del sistema eléctrico de la Iglesia Cuadrangular de San Jorge, distrito Canoas”, a fin de que se utilice en la reparación de la iglesia Cuadrangular.

5. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 905 70104 362 280 2310 3120, por un monto de tres millones novecientos un mil veinticuatro colones (¢3.901.024), o el saldo que exista, destinado a “construcción de la I etapa de la oficina para la asociación de desarrollo integral de Barrio San Rafael, distrito Corredor”, a fin de que se utilice para la compra de materiales para mejorar las instalaciones físicas y de uso del salón comunal de Barrio San Rafael.

6. Se autoriza a la Municipalidad de Coto Brus para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, código presupuestario 232 905 70104 375 280 2310 3310, por un monto de dos millones de colones (¢2.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Ampliación y mejoramiento de la cancha de deportes de Santa Clara, distrito San Vito”, a fin de que se utilice para la construcción y remodelación de las aulas de catequesis de Santa Clara de San Vito.

7. Se autoriza a la Municipalidad de Oreamuno para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario 232 902 70104 276 1 2310 3411, por un monto de cuatro millones trescientos noventa y siete mil ciento diecinueve colones (¢4.397.119), o el saldo que exista, destinado a “compra de equipo mantenimiento y construcción del centro infantil de Santa Rosa, distrito Santa Rosa”, a fin de que se utilice para mejoras de la calle urbanización Las Rosas mejoramiento superficie del ruedo.

8. Se autoriza a la Municipalidad de Puriscal para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8374, artículo 12, inciso 20, por un monto de tres millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos veinte colones (¢3.445.520), o el saldo que exista, destinado a “cancelar las deudas contraídas por la reparación de la vía Pedernal Polka, Candelarita”, a fin de que se utilice para la compra de materiales y equipamiento del salón comunal de Candelarita y mejoras en la Plaza de Deportes de Candelarita.

9. Se autoriza a la Municipalidad de Siquirres para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.° 8050, código presupuestario 130 907 730 381 1 242 20, por un millón ciento veintisiete mil seiscientos nueve colones (¢1.127.609), o el saldo que exista, destinado a “comunidad de Buenos Aires, construcción sala de capacitación, distrito Pacuarito”.

• Ley N.° 8050, código presupuestario 130 907 730 383 1 242 20, por un millón ciento veintisiete mil seiscientos nueve colones (¢1.127.609), o el saldo que exista, destinado a “comunidad Unión Campesino Madre de Dios, construcción aula kinder, distrito Pacuarito”.

• Ley N.° 8050, código presupuestario 130 907 730 356 1 242 20, por novecientos mil colones (¢900.000), o el saldo que exista, destinado a “construcción batería servicio sanitario Colegio Parismina, distrito Siquirres”.

• Ley N.° 8562, código presupuestario 232 906 70104 272 280 2310 3120, por cinco millones ciento noventa y un mil trescientos cincuenta y ocho colones (¢5.191.358), o el saldo que exista, destinado a “la Asociación de Desarrollo Integral del Peje de Cairo para reparación del salón comunal del Peje de Cairo en el distrito Cairo”.

• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 906 70104 678 280 2310 2220, por catorce millones ciento ochenta y tres mil ciento veintidós colones (¢14.183.122), o el saldo que exista, destinado “para la compra de equipo para la fábrica de alcantarillas, distrito Siquirres”.

• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 906 70104 688 280 2310 3120, por cuatrocientos ochenta mil colones (¢480.000), o el saldo que exista, destinado “para la Asociación Club Damas Unidas de Herediana para la compra de una licuadora industrial para la producción de ungüentos medicinales, distrito Germania”.

• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 906 70104 694 280 2310 3120, por cuatro millones seiscientos sesenta y cinco mil setecientos sesenta y dos colones (¢4.665.762), o el saldo que exista, destinado “para la compra de terreno para la construcción de área comunal, distrito Alegría”.

• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 906 70104 685 280 2310 3310, por un millón seiscientos mil colones (¢1.600.000), o el saldo que exista, destinado “para la Asociación de Desarrollo Integral de Bonilla para la reparación de la Plaza de Deportes de Bonilla, distrito Florida”.

• Ley N.° 8790, código presupuestario 232 906 70104 308 280 2310 3230, por ocho millones quinientos ochenta y cuatro mil setecientos noventa y siete colones (¢8.584.797), o el saldo que exista, destinada “para la compra de lote para la construcción del Ebais, distrito Pacuarito”.

• Ley N.° 9019, código presupuestario 232 906 70104 317 001 2310 3120, por un millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000), o el saldo que exista, destinado a “Mejoras en infraestructura de salón comunal Nueva Virginia de Maryland, distrito Siquirres”.

• Ley N.° 9019, código presupuestario 232 906 70104 323 001 2310 3120, por seis millones setecientos veintisiete mil trescientos sesenta y nueve colones (¢6.727.369), o el saldo que exista, destinado a “Compra de área de protección y servidumbre de Mantos acuíferos, distrito Cairo”.

• Ley N.° 9103, código presupuestario 232 906 70104 530 001 2310 3120, por nueve millones seiscientos mil colones (¢9.600.000), o el saldo que exista, destinado a “ampliación edificio centro Diurno, distrito Siquirres”.

• Ley N.° 9193, código presupuestario 232 906 70104 262 280 2310 3120, cinco millones seiscientos mil colones (¢5.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de terreno para cementerio, distrito Cairo”.

• Ley N.° 9289, código presupuestario 232 906 70104 230 280 2310 3340, cinco millones seiscientos noventa y nueve mil novecientos seis colones (¢5.699.906), o el saldo que exista, destinado a “construcción del templo católico en Florida, distrito Florida”.

A fin de que se utilicen para la adquisición de mantos acuíferos para la protección del recurso hídrico en el cantón de Siquirres.

10. Se autoriza a la Municipalidad de Upala para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 901 70104 321 280 2310 3310, por un monto de tres millones setecientos diez mil doscientos setenta y dos colones (¢3.710.272), o el saldo que exista, destinado a “Mejoras en la cocina de la plaza de fútbol de San Isidro, distrito Aguas Claras”, a fin de que se utilice para la construcción de oficina para la Asociación de Desarrollo Integral de San Isidro de Aguas Claras.

11. Se autoriza a la Municipalidad de Quepos para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9289, código presupuestario 232 905 60104 273 001 1310 2151, por un monto de diez millones novecientos ocho mil seiscientos noventa y nueve colones (¢10.908.699), o el saldo que exista, destinado a “Titulación de terrenos de las escuelas y plazas de deportes del distrito de Savegre”, a fin de que se utilice para la compra de tanque, tubería y accesorios de PVC, para agua potable para la asada de Portalón de Savegre, Quepos.

12. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.° 8562, código presupuestario 232 905 70104 221 280 2310 3120, por sesenta y cuatro millones seiscientos cincuenta y cuatro mil quinientos setenta y ocho colones (¢64.654.578), o el saldo que exista, destinado “para la compra de maquinaria para uso de la municipalidad de Buenos Aires”.

• Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 231 280 2310 3530, por un millón quinientos cuarenta y un mil trescientos cuarenta y ocho colones (¢1.541.348), o el saldo que exista, destinado “para realizar obras varias en el hogar de ancianos de Buenos Aires, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9166, artículo 4, inciso 5, por siete millones seiscientos mil colones (¢7.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de materiales para la construcción de la tapia del frente del hogar de ancianos”.

• Ley N.° 9304, artículo 4, inciso 26, por ocho millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos setenta y siete colones (¢8.148.277), o el saldo que exista, destinado a “Mejoras en el acueducto de El Brujo y Florida”.

• Ley N.° 9019, artículo 8, inciso 27, párrafo sexto, por ocho millones de colones (¢8.000.000), o el saldo que exista, destinado “para iglesia católica de San Carlos para la compra de materiales y el pago de mano de obra”.

• Ley N.° 8908, código presupuestario 232 905 70104 408 1 2310 3120, por tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de equipo de lavandería, Asociación Hogar de Ancianos, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9019, código presupuestario 232 905 70104 317 001 2310 3340, por tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Primer etapa construcción batería sanitaria templo católico, barrio Los Ángeles, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9304, artículo 4, inciso 28, por tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Construcción de aceras en la comunidad de San Carlos”.

• Ley N.° 9019, código presupuestario 232 905 70104 322 001 2310 3412, por dos millones setecientos mil colones (¢2.700.000), o el saldo que exista, destinada a “Reparación aula escuela San Carlos, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9103, código presupuestario 232 905 70104 525 001 2310 3120, por un millón ciento treinta y siete mil diez colones (¢1.137.010), o el saldo que exista, destinado a “Compra de mobiliario sala de sesiones del concejo municipal, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9166, código presupuestario 232 905 70104 223 280 2310 3340, por un millón seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta y un colones (¢1.645.761), o el saldo que exista, destinado a “Remodelación de cocina templo católico, comunidad Ujarrás, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9166, código presupuestario 232 905 70104 224 280 2310 3120, por dos millones setecientos mil colones (¢2.700.000), o el saldo que exista, destinado a “Construcción de salón para reuniones y capacitaciones de la Asociación de desarrollo específica de Paraíso, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 9166, código presupuestario 232 905 70104 220 280 2310 3340, por novecientos mil colones (¢900.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de instrumentos musicales para la iglesia Metodista Tierra Prometida, distrito Buenos Aires”.

• Ley N.° 8627, código presupuestario 203-049 70104 280 2310 3120 470, por doscientos cincuenta millones de colones (¢250.000.000), o el saldo que exista, destinado a para “Const. I etapa terminal de buses. Proyecto cantonal, Municip. Buenos Aires…”.

A fin de que se utilicen para la compra de equipo y vestuario deportivo transferidos a la Unión Cantonal de Asociaciones de Buenos Aires.

13. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, artículo 7, inciso 13, por un monto de tres millones quinientos sesenta mil novecientos diecinueve colones (¢3.560.919), o el saldo que exista, destinado a “Construir muro de contención en lote donde está construido el templo católico y cocina comunal de la comunidad de Sábalo”, a fin de que se utilice para la remodelación del templo Católico de Sábalo de Biolley.

14. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, código presupuestario 232 905 70104 766 001 2310 3340, por un monto de un millón novecientos noventa mil setecientos trece colones (¢1.990.713), o el saldo que exista, destinado a “Construcción de la batería sanitaria para la iglesia católica de Colorado, distrito Biolley”, a fin de que se utilice para la construcción I etapa del aula de catequesis del templo católico de Colorado de Biolley.

15. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que la partida aprobada mediante la Ley N.° 9461, artículo 4, inciso 30, se lea de la siguiente manera: “30)

Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 905 70104 246 280 2310 1310, por un monto de diecinueve millones cuatrocientos sesenta y seis mil quinientos trece colones (¢19.466.513) o el saldo que exista, destinado para “Construir la delegación de la guardia de asistencia rural de Chánguena, distrito Chánguena”, a fin de que se distribuya de la siguiente manera:

• Treinta y ocho coma veinticinco por ciento (38,25%) para la compra de quinientos metros (500 m) de manguera de poliducto para la Asada de Santa Lucía.

• Veintisiete coma treinta y dos por ciento (27,32%) para la construcción de un aula para catequesis para el Consejo Pastoral de Chánguena.

• Treinta y cuatro coma cuarenta y tres por ciento (34,43%) para mejoras en la cancha de fútbol de Quebrada Bonita.

16. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.° 9019, artículo 8, inciso 27, párrafo sexto, por un monto de ocho millones de colones (¢8.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Iglesia Católica de San Carlos para la compra de materiales y el pago de mano de obra”.

• Ley N.° 9304, artículo 4, inciso 28, por tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000), o el saldo que exista, destinado a “Construcción de aceras en la comunidad de San Carlos.”

• Ley N.° 9019, código presupuestario 232 905 70104 322 001 2310 3412, por dos millones setecientos mil colones (¢2.700.000), o el saldo que exista, destinado a “Reparación aula escuela San Carlos, distrito Buenos Aires”.

A fin de que se utilicen para la compra de equipo y vestuario deportivo transferido a la Unión Cantonal de Asociaciones de Buenos Aires.

17. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.°8691, código presupuestario 232 905 70104 300 280 2310 3120, por dos millones ciento setenta y ocho mil setecientos noventa y nueve colones (¢2.178.799), o el saldo que exista, destinado “para la reparación del salón comunal de Santa María, distrito Brunka”.

• Ley N.°8790, código presupuestario 232 905 70104 248 280 2310 3230, por cinco millones de colones (¢5.000.000), o el saldo que exista, destinado “para comprar materiales para el Cen-Cinai de Santa Marta, distrito Brunka.”

• Ley N.°8790, código presupuestario 232 905 70104 250 280 2310 3310, por tres millones de colones (¢3.000.000), o el saldo que exista, destinado “para construir la cancha multiuso A.D.I Santa Rosa, distrito Brunka.

• Ley N.°8790, artículo 8, inciso 40, párrafo 5, por un monto de un millón cuatrocientos sesenta y cinco mil trescientos ochenta y ocho colones (¢1.465.388), o el saldo que exista, destinado a “compra de equipo de sonido para la A.D.I de San Rafael.

• Ley N.°8908, código presupuestario 232 905 60104 433 1 1310 3310, por tres millones seiscientos mil trescientos setenta y un colones (¢3.600.371), o el saldo que exista, destinado a “compra de materiales de construcción cancha multiuso  Santa Rosa, distrito Brunka.

• Ley N.°8908, código presupuestario 232 905 60104 434 1 1310 3120, por un millón ochocientos mil colones (¢1.800.000), o el saldo que exista, destinado a “compra de materiales construcción salón comunal Guadalajara, distrito Brunka.”

• Ley N.°8908, código presupuestario 232 905 60104 435 1 1310 3120, por novecientos mil colones (¢900.000), o el saldo que exista, destinado a “compra de materiales de construcción cocina iglesia el Socorro, concejo pastoral, distrito Brunka.”

• Ley N.°9103, código presupuestario 232 905 70104 554 001 2310 3120, por siete millones setecientos veintiséis mil ochenta y cinco colones (¢7.726.085), o el saldo que exista, destinado a “Construcción tercera etapa salón comunal multiuso Guadalajara, distrito Brunka.”

A fin de que se utilicen para la compra de equipo y utensilios de cocina para el salón comunal de El Socorro.

18. Se autoriza a la Municipalidad de El Guarco para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.°8908, código presupuestario 203 044 70104 280 2310 3120 593, por un monto de veinte millones de colones (¢20.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Construcción polideportivo de el Tejar del Guarco”, a fin de que se utilice para la construcción de graderías en el área de la plaza de deportes de Tejar de El Guarco.

19. Se autoriza a la Municipalidad de Los Chiles para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.° 9341, código presupuestario 232 901 70104 306 280 2310 3421, por cuatro millones ochocientos mil colones (¢4.800.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de materiales para construcción de malla metálica al contorno de 200 mts lineales del lote, así como compra de los portones de acceso de personas y vehículos del Liceo de Veracruz de Caño Negro, distrito Caño Negro.”

• Ley N.°9289, código presupuestario 232 901 70104 311 280 2310 3420, por nueve millones doscientos sesenta mil ciento setenta y ocho colones (¢9.260.178), o el saldo que exista, destinado a “Compra de materiales para la construcción de malla metálica al contorno de 400 mts lineales del loto del Liceo de Veracruz incluyendo los portones de acceso, distrito Caño Negro.”

• Ley N.°8627, código presupuestario 232 901 70104 835 280 2310 3421, por quince millones trescientos sesenta y nueve mil trescientos noventa y nueve colones (¢15.369.399), o el saldo que exista, destinado “para la construcción del laboratorio informático de la telesecundaria Veracruz, distrito Caño Negro”.

A fin de que se utilicen para la construcción de auditorio para impartir lecciones de educación física y realización de actividades culturales y deportivas en el Liceo de Veracruz de Caño Negro de Los Chiles.

20. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.° 8627, código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 470, por veinte millones setecientos treinta y cuatro mil trescientos cuarenta y siete colones(¢20.734.347), o el saldo que exista, destinados a “…const. salón multiuso de Guadalajara. Dist. Brunka.”

• Ley N.° 9019, artículo 7, inciso 40, párrafo primero, por un millón de colones(¢1.000.000), o el saldo que exista, destinado “para la construcción de bodega de Asada Santa Rosa”.

• Ley N.° 9019, artículo 7, inciso 40, párrafo cuarto, por dos millones ciento setenta y ocho mil setecientos noventa y nueve colones (¢2.178.799), o el saldo que exista, destinados “para la construcción de bodega de Asada Santa Rosa”.

• Ley N.° 8627, código presupuestario 232 905 70104 666 280 2310 3120, por dos millones cuatrocientos treinta y nueve mil colones (¢2.439.000), o el saldo que exista, destinados “para la compra de terreno para la ampliación del salón comunal de San Rafael, distrito Brunka”.

• Ley N.° 8908, código presupuestario 232 905 60104 436 1 1310 3412, por novecientos mil colones (¢900.000), o el saldo que exista, destinados a “compra de materiales para el mejoramiento de los servicios sanitarios escuela San Rafael, distrito Brunka”.

• Ley N.° 9341, código presupuestario 232 905 70104 245 280 2310 3120, por un millón trescientos cincuenta mil colones (¢1.350.000), o el saldo que exista, destinado a “compra de mobiliario y utensilios para la asociación de adulto mayor y discapacitados de Santa Marta, distrito Brunka”.

• Ley N.° 9341, código presupuestario 232 905 70104 248 280 2310 3120, por dos millones seiscientos veintidós mil veinticuatro colones (¢2.622.024), o el saldo que exista, destinados a “construcción de un muro de contención en el salón comunal de Guadalajara, distrito Brunka”.

• Ley N.° 9341, artículo 9, inciso 3, por dos millones de colones (¢2.000.000), o el saldo que exista, destinados “para construcción de malla principal de la escuela San Rafael”.

A fin de que se utilicen para la compra de equipo de audio, cómputo y musical para la iglesia católica de Llano Bonito, distrito Brunka.

21. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9514, código presupuestario 232 905 70104 751 001 2310 3340, por un monto de un millón doscientos cincuenta mil colones (¢1.250.000), o el saldo que exista, destinado a “construcción de la primera etapa del cielo raso y enmallado del templo cristiano de Boruca, distrito Boruca”, a fin de que se utilice para la compra de equipo de sonido e instrumentos musicales para el templo cristiano de Boruca, distrito Boruca.

22. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario 232 905 70104 332 001 2310 3230, por un monto de cuatro millones quinientos mil colones (¢4.500.000), o el saldo que exista, destinado a “compra de equipo médico y acondicionamiento de la sala de electrocardiogramas del Ebais de Boruca, distrito Boruca”, a fin de que se utilicen para la compra de mobiliario y equipo para el ebais de Boruca, distrito Boruca.

23. Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 905 70104 372 280 2310 3410, por un monto de un millón seiscientos mil colones (¢1.600.000), o el saldo que exista, destinado a “mejoras al comedor y salón de actos de la junta de educación de la escuela el Triunfo, distrito Canoas”, a fin de que se utilice para la compra de máquinas de hacer ejercicio para que sean instaladas en el parquecito del triunfo de la comunidad.

24. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, artículo 8, inciso 3, por un monto de cuarenta y cinco millones ochocientos noventa y tres mil ochocientos cincuenta colones (¢45.893.850), o el saldo que exista, destinado a “Construcción de vestidores, baños y casa soda de la plaza de fútbol de Boruca”, a fin de que se distribuya de la siguiente manera:

• Veintiséis coma cinco por ciento (26,5 %) para el mejoramiento de la cancha de fútbol sala de la parroquia de Boruca.

• Treinta y cinco por ciento (35%) para el mejoramiento de la estructura de la escuela de las Moras de Boruca.

• Ocho coma cinco por ciento (8,5%) para la remodelación de la cocina del templo católico de Bella Vista.

• Ocho coma cinco por ciento (8,5%) para mejora de la infraestructura del templo católico de Bajo Veraguas.

• Ocho coma cinco por ciento (8,5%) para la construcción de la II etapa de la iglesia de Shamba.

• Cuatro coma cuatro por ciento (4,4%) para la construcción de un local para cocina con salón anexo del ebais de Rey Curré.

• Uno coma dos por ciento (1,2 %) para la segunda etapa del salón comunal Bella Vista.

• Dos coma cinco por ciento (2,5%) para la construcción de malla de la escuela de Rey Curré.

• Uno por ciento (1%) para reconstruir la casa cural de la parroquia de Boruca.

• Tres coma nueve por ciento (3,9%) para reparación de la estructura de la iglesia católica de la Sabana, Boruca, Buenos Aires Puntarenas.

25. Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de los saldos de las siguientes partidas específicas:

• Ley N.° 9341, código presupuestario 232 900 70104 259 280 2310 3120, por nueve millones de colones (¢9.000.000), o el saldo que exista, destinado a “Compra de terreno en San Lorenzo, distrito San Lorenzo”.

• Ley N.° 9411, código presupuestario 232 900 70104 247 280 2310 3120, por novecientos mil colones (¢900.000), o el saldo que exista, destinado a “mejoras al salón comunal de San Bernardo, distrito San Lorenzo”.

A fin de que se utilicen para mejoras en la cancha multiuso de la comunidad de San Lorenzo.

26. Se autoriza a la Municipalidad de Tarrazú para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 900 70104 248 280 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones (¢900.000), o el saldo que exista, destinado a “mejoras al salón comunal de la Esperanza, distrito San Lorenzo”, a fin de que se utilice para mejoras en la plaza de deportes de la comunidad de la Esperanza.

27. Se autoriza a la Municipalidad de Los Chiles para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9411, código presupuestario 232 901 70104 361 280 2310 3410, por cinco millones quinientos mil colones (¢5.500.000), o el saldo que exista, destinados a “enmallado de la escuela Montealegre, distrito el Amparo”, a fin de que se utilicen para la construcción de cocina equipada para la comunidad de Montealegre.

Ir al inicio de los resultados