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 Normativa >> Reglamento municipal 45 >> Fecha 22/07/2019 >> Articulo 16
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Normativa - Reglamento municipal 45 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16.—Responsabilidad. Cualquier responsabilidad civil que derive de las obras autorizadas por la Dirección de Desarrollo Urbano con fundamento en las disposiciones del presente reglamento, serán cargadas por el propietario del bien y el desarrollador de proyecto. En ningún momento se entenderá que la emisión de la licencia, traslada a la Municipalidad la responsabilidad respecto a la viabilidad técnica del proyecto constructivo.

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