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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 41914 >> Fecha 17/06/2019 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 41914 - Articulo 1
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Artículo 1
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Nº 41914– MEIC-MAG

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LA MINISTRA DE ECONOMÍA,

INDUSTRIA Y COMERCIO, Y EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA

En ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; el artículo 28, inciso 2), acápite b), de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley Nº 6054 del 14 de junio de 1977; los artículos 38 y 40 de la Ley Nº 7494 del 2 de mayo de 1995, Ley de Contratación Administrativa; la Ley N° 7064 de 29 de abril de 1987, Ley de Fomento a la Producción Agropecuaria FODEA y Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ganadería; la Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996; la Ley Nº 8262 del 02 de mayo del 2002, Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas; y, la Ley Nº 9576 del 22 de junio del 2018, Ley para el Fomento de la Competitividad de la Pyme mediante el Desarrollo de Consorcios.

CONSIDERANDO

I. Que de conformidad con la Ley N° 6054 “Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio”, su reforma y reglamento y la Ley No. 8262 “Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas”, su reforma y reglamento, le corresponde al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), fungir como ente rector de las políticas públicas de Estado en materia de fomento a la iniciativa privada, desarrollo empresarial y fomento de la cultura empresarial, para la micro, pequeña y mediana empresa.

II. Que el Poder Ejecutivo requiere reglamentar la Ley Nº 9576, “Ley para el Fomento de la Competitividad de la PYME mediante el Desarrollo de Consorcios”, con el fin de que las Pyme y Pympa que operen bajo la figura de consorcio, puedan acceder a los beneficios definidos por Ley.

III. Que la promoción de la asociatividad entre las micro, pequeñas y medianas empresas tanto agrícolas como industriales, comerciales y de servicios, es imperativo para aumentar la competitividad de estos sectores, por lo que el instrumento de Consorcio establecido en Ley N° 9576, viene a coadyuvar al logro de los objetivos propuestos.

IV. Que según informe del Departamento de Análisis Regulatorio N° DMR-DAR-INF-036-19 del 11 de junio de 2019, la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, concluyó que el presente reglamento cumple con lo establecido en la Ley N° 8220, Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, y sus reformas.

Por tanto,

DECRETAN:

Reglamento a la Ley N° 9576 del 22 de junio del 2018, denominada:

Ley para el Fomento de la Competitividad de la Pyme mediante

el desarrollo de Consorcios

Artículo 1. Del Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto reglamentar la Ley Nº 9576, “Ley para el Fomento de la Competitividad de la Pyme mediante el Desarrollo de Consorcios”, con el fin de hacerla operativa y que sea un verdadero instrumento para fomentar la competitividad de las PYME


 

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